HISTORIA DE LA IGLESIA

EPOCA MEDIEVAL

CUARTA PARTE: EL SIGLO XI

CAPITULO VI:

LA LUCHA DE LOS GREGORIANOS CONTRA EL NICOLAISMO

   Como uno de los principales objetivos de la Reforma Gregoriana, aparece hoy cada vez más la reforma de la vida del clero. La lucha contra el Nicolaísmo tiene que ver con una referencia al Ap 2,6, que era interpretado por los gregorianos como una referencia al celibato del clero. El celibato se interpretaba como consecuencia de la imagen de la Iglesia, ya que para cada sacerdote individual valía la relación Cristo/Iglesia, en el conocido símbolo del esposo y de la esposa. La esposa del sacerdote era considerada la comunidad a él encargada, el cual debía servirla con total dedicación. Esta explicación tan espiritual no expresa toda la verdad, es necesario encuadrar la investigación del celibato en un contexto mucho más amplio.

   El único punto en el cual la Iglesia de los primeros tres siglos parece haber legislado es el que se refiere a la exclusión de la ordenación sacerdotal a los llamados "bígamos", aquellos hombres que habían contraído sucesivamente dos matrimonios legítimos. El matrimonio del clero era, por tanto, la situación mayoritaria, siendo considerado un hecho normal.

   Durante los siglos IV-V se comienza con una legislación eclesiástica más precisa concerniente al celibato sacerdotal. Se le prohibe al sacerdote casarse después de la ordenación, y los que se habían casado antes de ser ordenado sacerdote, tenían prohibido usar del matrimonio tras la ordenación, aunque podían continuar la cohabitación con la esposa.

   El I Concilio de Nicea había prescrito en el canon 3, que el sacerdote célibe no tuviese consigo otra mujer que no fuese la madre o una hermana, pero no había impuesto el celibato. El historiador eclesiástico griego Sócrates nos refiere que el Concilio habría querido introducir el celibato para los obispos, sacerdotes y los diáconos, pero se abstienen de hacerlo cuando el obispo confesor Pafnuzzio advierte al sínodo de no imponer un yugo demasiado duro. Es cierto que el Concilio a confirmado la praxis oriental, según la cual los sacerdotes célibes no podían contraer matrimonio después de la ordenación y los ya casados podían continuar viviendo conyugalmente. En este último aspecto de la continuación de la convivencia de los ya casados la Iglesia Occidental se irá diferenciando cada vez más de la Oriental. En la Iglesia Occidental se les obligaba a abstenerse de las relaciones sexuales.

   Durante este período se mantenía una corriente de la Iglesia antigua que propagaba la vida virginal, como la verdadera vida cristiana, con algunos efectos entre los cuales podemos señalar que hasta tiempos muy recientes los hombres o mujeres casados no han sido venerados como santos, o si venían reconocidos como tales era por otras razones, que de uno u otro modo sopesaban el matrimonio ; por ejemplo santa Mónica, abadesa, que obtenía con sus oraciones la conversión de su hijo Agustín, o santa Elisabeta de Turinzia, canonizada cuatro años después de su muerte prematura en 1231 no a causa de su matrimonio feliz y ejemplar con Malgravio de Turinzia, que murió durante una cruzada, sino a causa de su vida penitencial tras la muerte del marido y por su empeño por los pobres y enfermos.

   En la antigua liturgia latina no había un formulario para una mujer esposada, sino sólo una para las "no vírgenes ni mártires", mediante una definición negativa de las casadas. En la actual liturgia hay un Común de santas vírgenes y un Común de santas mujeres, pero no hay ningún común para casadas. Es innegable que la Iglesia desde la antigüedad ha ensalzado siempre la virginidad, mientras que la vida conyugal parecía una cosa demasiado natural para ser un medio de santificación. Es necesario tener en cuenta toda esta corriente espiritual antisexual de la Iglesia Antigua, reforzada además por los ideales ascéticos del monacato cuando hablamos de la lucha contra el Nicolaísmo en la Reforma Gregoriana, que tienen sus raíces en esta visión de la antigüedad. Esto se puede ver también en la proposición que hace san Ambrosio a su clero proponiéndoles la castidad y la absoluta continencia. Toda relación carnal, incluso dentro del matrimonio es vista como un peligro de profanación en relación con el ejercicio del ministerio y en particular de la celebración de la Eucaristía. En Ambrosio, como en otros Padres, la idea de la pureza ritual en analogía con todo lo que estaba prescrito en el AT para el sacerdocio levítico, guiará la reflexión sobre este problema.

   Las leyes canónicas recogidas en las colecciones canónicas distinguían la convivencia irregular, indicada con el término concubinato y prohibida, de la legitimada por el vínculo matrimonial, que estaba permitida con la condición de que el vínculo fuese contraído antes de la ordenación, y que se practicase la continencia.

   En los siglos VI-VII está documentada la presencia de un gran número de sacerdotes casados en Occidente, pero que debían siempre abstenerse de las relaciones matrimoniales, a pesar de reconocerles el derecho de convivir, de cohabitar con la propia mujer.

   Durante los siglos VIII-X estás normas parecen tranquilamente violadas, sobre todo hacia el final del primer milenio. Se continúa ordenando a hombres casados con la obligación de la continencia. Comienzan a disminuir poco después aumentando el clero célibe, pero al mismo tiempo aumentan los casos de sacerdotes ordenados como célibes pero que rápidamente viven en concubinato.

   En el siglo XI la iglesia ambrosiana ha defendido durante algún tiempo el matrimonio del clero como una libertad de esta iglesia, en el sentido explicado más arriba. Se une que en Italia a comienzos XI los sacerdotes seculares generalmente estaban casados, si observaban la continencia o no, no lo sabemos. Lo mismo se puede decir de España e Inglaterra. A comienzos del XI se pueden individuar esquemáticamente tres categorías de clero : los sacerdotes célibes, los sacerdotes célibes que ilegalmente cohabitaban con una mujer y los sacerdotes casados antes de la ordenación con la obligación de la continencia.

   En esta situación y con estos precedentes se produce ahora la Reforma Gregoriana. Los gregorianos luchan no sólo contra el concubinato sino también contra el matrimonio legítimo del clero, por estos dos motivos :

   El problema de los sacerdotes casados asume una particular significación en la sociedad feudal, por la importancia que asume en esta sociedad la propiedad de la tierra. El mismo proceso histórico que estaba transformando los feudos laicos por concesiones temporales correspondientes a servicios prestados al soberano, los principados hereditarios, este proceso podría presentarse también para las propiedades eclesiásticas. La Iglesia Latina quiere un clero célibe para evitar que la propiedad eclesiástica llegara a ser una propiedad hereditaria o se polarizase en los diversos descendientes del clero. El primer motivo fue, por tanto, la preocupación por el patrimonio eclesiástico, en cuanto éste venía explotado para el mantenimiento de los hijos del clero. El celibato era la más segura garantía que los detentores de los oficios eclesiásticos no tuviesen herederos, al menos legítimos.

   El segundo motivo y más antigua raíz del movimiento del celibato era la idea de la pureza ritual, la idea de una incompatibilidad del acto sexual con la recepción del sacramento de la Eucaristía. No es casualidad que en el período Pregregoriano diversos sínodos se ocupasen de la doctrina eucarística de Berengario de Tours, que sostiene una doctrina agustiniana espiritualística de la Eucaristía, contra la corriente realística de la presencia de Cristo en la Eucaristía. La afirmación de la corriente realística ha reforzado las instancias célibes para los sacerdotes. A parte de ciertos influjos de la legislación veterotestamentaria de la pureza de los sacerdotes en los días en que ofrecían los sacrificios, en Roma se aducía ya en los siglos VI-VII una particular justificación para el celibato, una particular exégesis de la I Cor 7,5 : "no os abstengáis entre vosotros si no es de común acuerdo y temporalmente para dedicaros a la oración, y después volved a estar juntos porque  Satanás no os tiente en el momento de la pasión". San Pablo la había dicho para reducir el exceso ascético y evitar a sus partidarios de hacerse ilusiones ; por eso los esposos sólo debían separarse de mutuo acuerdo para dedicarse particularmente a la oración. A partir de aquí, una vez puesta la exigencia del celibato, se deduce que si ya los laicos deben vivir en la continencia para que su oración sea escuchada, cuanto más entonces deberán hacerlo los sacerdotes, que deben continuamente prestar servicio delante de Dios y orar por el pueblo.

   No es ninguna maravilla que casi todos los sínodos desde el siglos V en adelante, comenzando en Galia, inculquen a los clérigos y en las órdenes mayores el deber de la continencia. Era condición de los gregorianos que manos que habían tocado a una mujer no podrían consagrar el cuerpo de Cristo. Para los gregorianos toda relación de un sacerdote con una mujer, incluso en el matrimonio legítimo era definido como FORNICACIÓN. La esposa era vista como una concubina. Así en este contexto "uxor" y concubina llegan a ser substancialmente sinónimos en la ideología gregoriana con relación a los sacerdotes. Son pues comprensibles las reacciones de los adversarios de la Reforma Gregoriana en este punto, los cuales se defienden aduciendo la plurisecular costumbre.

   Los reformadores opone, por el contrario, a esta costumbre la verdad. La defensa de la costumbre se presenta como defensa de una situación vieja de las cosas. En segundo lugar aducen el origen del retorno a la perenne novedad del Evangelio.

   En el Sínodo de Cuaresma del 1075 Gregorio VII induce a los fieles a alejarse de la liturgia de los sacerdotes casados, lo que ya había dispuesto el Sínodo romano del 1059.

   Para concluir la lucha contra el Nicolaísmo hemos de notar la dificultad para hacer cumplir las disposiciones gregorianas. Hubo oposiciones en prácticamente todos los países, pero poco a poco la legislación se impone, aunque no en la práctica. La última fase de esta legislación fue recopilada en el II Concilio Lateranense de 11139 cuando el matrimonio contraído por un clérigo de órdenes mayores fue declarado no sólo ilícito sino también inválido, pero no podemos decir con esto que hasta ahora el celibato era aceptado pacíficamente.

   Los gregorianos no inventaron el celibato clerical; sino que han insistido en él de una nueva manera. Eran revolucionarios, pero sus ideas no eran nuevas, pero sí radicalizadas y aplicadas con rigor. Esto vale para todos los campos para el partido gregoriano (no sólo respecto al celibato); nuevo era el rechazo gregoriano al matrimonio legítimo tenido antes de la ordenación sacerdotal. Para los gregorianos respecto al sacerdote, uxor y concubina eran sinónimos.

Dos motivos que han llevado a la insistencia del celibato en aquella época:

1)  Preocupación por el patrimonio eclesiástico (que se pulverizaba entre los varios descendientes).

2)  La idea de la pureza ritual, tomada del A.T. La actividad sexual (incluso el en matrimonio legítimo), y recibir la Eucaristía, son absolutamente (para aquella época) incompatibles. Si esto vale incluso para los esposos, con más razón para el sacerdote que debían todos los días celebrar la Eucaristía.

   Por otro lado, esto se olvida frecuentemente, la rareza de la comunión eucarística en el medievo (poquísimas personas se acercaban precisamente por este problema: los esposos se debían abstener de relaciones sexuales 9 días antes de recibir la comunión); de otro modo la comunión era una sacrilegio. Hay muchas narraciones en vidas hagiograficas medievales, sobre esposos que tenían relaciones durante la semana santa y por lo mismo no podían tomar la comunión el día de pascua; y si lo hacían eran castigados por una venganza divina, de la que sólo la intervención de tal o cual santo los liberaba.

   A ninguno se le escapa que las dos razones para insistir en el celibato clerical no son válidas para la iglesia de hoy. En otras palabras: las motivaciones para el celibato sacerdotal en la iglesia occidental son totalmente diversas. Según Engelbert, si se habla de la tradición milenaria del celibato sacerdotal en la iglesia latina, uno debería tener en cuenta este hecho. Como una alternativa, los gregorianos proponían la vida canonical: la vida en común del clero (monaquización del clero secular).

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(Samuel Miranda)