HISTORIA DE LA IGLESIA
EPOCA MEDIEVAL
CUARTA PARTE: EL SIGLO XI
CAPITULO VI:
LA LUCHA DE LOS GREGORIANOS CONTRA EL NICOLAISMO
Como uno de los principales objetivos de la Reforma Gregoriana,
aparece hoy cada vez más la reforma de la vida del clero. La lucha
contra el Nicolaísmo tiene que ver con una referencia al Ap 2,6, que
era interpretado por los gregorianos como una referencia al celibato del
clero. El celibato se interpretaba como consecuencia de la imagen de la Iglesia,
ya que para cada sacerdote individual valía la relación Cristo/Iglesia,
en el conocido símbolo del esposo y de la esposa. La esposa del sacerdote
era considerada la comunidad a él encargada, el cual debía
servirla con total dedicación. Esta explicación tan espiritual
no expresa toda la verdad, es necesario encuadrar la investigación
del celibato en un contexto mucho más amplio.
El único punto en el cual la Iglesia de los primeros
tres siglos parece haber legislado es el que se refiere a la exclusión
de la ordenación sacerdotal a los llamados "bígamos", aquellos
hombres que habían contraído sucesivamente dos matrimonios
legítimos. El matrimonio del clero era, por tanto, la situación
mayoritaria, siendo considerado un hecho normal.
Durante los siglos IV-V se comienza con una legislación
eclesiástica más precisa concerniente al celibato sacerdotal.
Se le prohibe al sacerdote casarse después de la ordenación,
y los que se habían casado antes de ser ordenado sacerdote, tenían
prohibido usar del matrimonio tras la ordenación, aunque podían
continuar la cohabitación con la esposa.
El I Concilio de Nicea había prescrito en el canon 3,
que el sacerdote célibe no tuviese consigo otra mujer que no fuese
la madre o una hermana, pero no había impuesto el celibato. El historiador
eclesiástico griego Sócrates nos refiere que el Concilio habría
querido introducir el celibato para los obispos, sacerdotes y los diáconos,
pero se abstienen de hacerlo cuando el obispo confesor Pafnuzzio advierte
al sínodo de no imponer un yugo demasiado duro. Es cierto que el Concilio
a confirmado la praxis oriental, según la cual los sacerdotes célibes
no podían contraer matrimonio después de la ordenación
y los ya casados podían continuar viviendo conyugalmente. En este
último aspecto de la continuación de la convivencia de los
ya casados la Iglesia Occidental se irá diferenciando cada vez más
de la Oriental. En la Iglesia Occidental se les obligaba a abstenerse de
las relaciones sexuales.
Durante este período se mantenía una corriente
de la Iglesia antigua que propagaba la vida virginal, como la verdadera vida
cristiana, con algunos efectos entre los cuales podemos señalar que
hasta tiempos muy recientes los hombres o mujeres casados no han sido venerados
como santos, o si venían reconocidos como tales era por otras razones,
que de uno u otro modo sopesaban el matrimonio ; por ejemplo santa Mónica,
abadesa, que obtenía con sus oraciones la conversión de su
hijo Agustín, o santa Elisabeta de Turinzia, canonizada cuatro años
después de su muerte prematura en 1231 no a causa de su matrimonio
feliz y ejemplar con Malgravio de Turinzia, que murió durante una
cruzada, sino a causa de su vida penitencial tras la muerte del marido y
por su empeño por los pobres y enfermos.
En la antigua liturgia latina no había un formulario
para una mujer esposada, sino sólo una para las "no vírgenes
ni mártires", mediante una definición negativa de las casadas.
En la actual liturgia hay un Común de santas vírgenes y un
Común de santas mujeres, pero no hay ningún común para
casadas. Es innegable que la Iglesia desde la antigüedad ha ensalzado
siempre la virginidad, mientras que la vida conyugal parecía una cosa
demasiado natural para ser un medio de santificación. Es necesario
tener en cuenta toda esta corriente espiritual antisexual de la Iglesia Antigua,
reforzada además por los ideales ascéticos del monacato cuando
hablamos de la lucha contra el Nicolaísmo en la Reforma Gregoriana,
que tienen sus raíces en esta visión de la antigüedad.
Esto se puede ver también en la proposición que hace san Ambrosio
a su clero proponiéndoles la castidad y la absoluta continencia. Toda
relación carnal, incluso dentro del matrimonio es vista como un peligro
de profanación en relación con el ejercicio del ministerio
y en particular de la celebración de la Eucaristía. En Ambrosio,
como en otros Padres, la idea de la pureza ritual en analogía con
todo lo que estaba prescrito en el AT para el sacerdocio levítico,
guiará la reflexión sobre este problema.
Las leyes canónicas recogidas en las colecciones canónicas
distinguían la convivencia irregular, indicada con el término
concubinato y prohibida, de la legitimada por el vínculo matrimonial,
que estaba permitida con la condición de que el vínculo fuese
contraído antes de la ordenación, y que se practicase la continencia.
En los siglos VI-VII está documentada la presencia de
un gran número de sacerdotes casados en Occidente, pero que debían
siempre abstenerse de las relaciones matrimoniales, a pesar de reconocerles
el derecho de convivir, de cohabitar con la propia mujer.
Durante los siglos VIII-X estás normas parecen tranquilamente
violadas, sobre todo hacia el final del primer milenio. Se continúa
ordenando a hombres casados con la obligación de la continencia. Comienzan
a disminuir poco después aumentando el clero célibe, pero al
mismo tiempo aumentan los casos de sacerdotes ordenados como célibes
pero que rápidamente viven en concubinato.
En el siglo XI la iglesia ambrosiana ha defendido durante algún
tiempo el matrimonio del clero como una libertad de esta iglesia, en el sentido
explicado más arriba. Se une que en Italia a comienzos XI los sacerdotes
seculares generalmente estaban casados, si observaban la continencia o no,
no lo sabemos. Lo mismo se puede decir de España e Inglaterra. A comienzos
del XI se pueden individuar esquemáticamente tres categorías
de clero : los sacerdotes célibes, los sacerdotes célibes que
ilegalmente cohabitaban con una mujer y los sacerdotes casados antes de la
ordenación con la obligación de la continencia.
En esta situación y con estos precedentes se produce
ahora la Reforma Gregoriana. Los gregorianos luchan no sólo contra
el concubinato sino también contra el matrimonio legítimo del
clero, por estos dos motivos :
El problema de los sacerdotes casados asume una particular significación
en la sociedad feudal, por la importancia que asume en esta sociedad la propiedad
de la tierra. El mismo proceso histórico que estaba transformando
los feudos laicos por concesiones temporales correspondientes a servicios
prestados al soberano, los principados hereditarios, este proceso podría
presentarse también para las propiedades eclesiásticas. La
Iglesia Latina quiere un clero célibe para evitar que la propiedad
eclesiástica llegara a ser una propiedad hereditaria o se polarizase
en los diversos descendientes del clero. El primer motivo fue, por tanto,
la preocupación por el patrimonio eclesiástico, en cuanto éste
venía explotado para el mantenimiento de los hijos del clero. El celibato
era la más segura garantía que los detentores de los oficios
eclesiásticos no tuviesen herederos, al menos legítimos.
El segundo motivo y más antigua raíz del movimiento
del celibato era la idea de la pureza ritual, la idea de una incompatibilidad
del acto sexual con la recepción del sacramento de la Eucaristía.
No es casualidad que en el período Pregregoriano diversos sínodos
se ocupasen de la doctrina eucarística de Berengario de Tours, que
sostiene una doctrina agustiniana espiritualística de la Eucaristía,
contra la corriente realística de la presencia de Cristo en la Eucaristía.
La afirmación de la corriente realística ha reforzado las instancias
célibes para los sacerdotes. A parte de ciertos influjos de la legislación
veterotestamentaria de la pureza de los sacerdotes en los días en
que ofrecían los sacrificios, en Roma se aducía ya en los siglos
VI-VII una particular justificación para el celibato, una particular
exégesis de la I Cor 7,5 : "no os abstengáis entre vosotros
si no es de común acuerdo y temporalmente para dedicaros a la oración,
y después volved a estar juntos porque Satanás no os
tiente en el momento de la pasión". San Pablo la había dicho
para reducir el exceso ascético y evitar a sus partidarios de hacerse
ilusiones ; por eso los esposos sólo debían separarse de mutuo
acuerdo para dedicarse particularmente a la oración. A partir de aquí,
una vez puesta la exigencia del celibato, se deduce que si ya los laicos
deben vivir en la continencia para que su oración sea escuchada, cuanto
más entonces deberán hacerlo los sacerdotes, que deben continuamente
prestar servicio delante de Dios y orar por el pueblo.
No es ninguna maravilla que casi todos los sínodos desde
el siglos V en adelante, comenzando en Galia, inculquen a los clérigos
y en las órdenes mayores el deber de la continencia. Era condición
de los gregorianos que manos que habían tocado a una mujer no podrían
consagrar el cuerpo de Cristo. Para los gregorianos toda relación
de un sacerdote con una mujer, incluso en el matrimonio legítimo era
definido como FORNICACIÓN. La esposa era vista como una concubina.
Así en este contexto "uxor" y concubina llegan a ser substancialmente
sinónimos en la ideología gregoriana con relación a
los sacerdotes. Son pues comprensibles las reacciones de los adversarios
de la Reforma Gregoriana en este punto, los cuales se defienden aduciendo
la plurisecular costumbre.
Los reformadores opone, por el contrario, a esta costumbre la
verdad. La defensa de la costumbre se presenta como defensa de una situación
vieja de las cosas. En segundo lugar aducen el origen del retorno a la perenne
novedad del Evangelio.
En el Sínodo de Cuaresma del 1075 Gregorio VII induce
a los fieles a alejarse de la liturgia de los sacerdotes casados, lo que
ya había dispuesto el Sínodo romano del 1059.
Para concluir la lucha contra el Nicolaísmo hemos de
notar la dificultad para hacer cumplir las disposiciones gregorianas. Hubo
oposiciones en prácticamente todos los países, pero poco a
poco la legislación se impone, aunque no en la práctica. La
última fase de esta legislación fue recopilada en el II Concilio
Lateranense de 11139 cuando el matrimonio contraído por un clérigo
de órdenes mayores fue declarado no sólo ilícito sino
también inválido, pero no podemos decir con esto que hasta
ahora el celibato era aceptado pacíficamente.
Los gregorianos no inventaron el celibato clerical; sino que
han insistido en él de una nueva manera. Eran revolucionarios, pero
sus ideas no eran nuevas, pero sí radicalizadas y aplicadas con rigor.
Esto vale para todos los campos para el partido gregoriano (no sólo
respecto al celibato); nuevo era el rechazo gregoriano al matrimonio legítimo
tenido antes de la ordenación sacerdotal. Para los gregorianos respecto
al sacerdote, uxor y concubina eran sinónimos.
Dos motivos que han llevado a la insistencia del celibato en aquella época:
1) Preocupación por el patrimonio eclesiástico (que se
pulverizaba entre los varios descendientes).
2) La idea de la pureza ritual, tomada del A.T. La actividad sexual
(incluso el en matrimonio legítimo), y recibir la Eucaristía,
son absolutamente (para aquella época) incompatibles. Si esto vale
incluso para los esposos, con más razón para el sacerdote que
debían todos los días celebrar la Eucaristía.
Por otro lado, esto se olvida frecuentemente, la rareza de la
comunión eucarística en el medievo (poquísimas personas
se acercaban precisamente por este problema: los esposos se debían
abstener de relaciones sexuales 9 días antes de recibir la comunión);
de otro modo la comunión era una sacrilegio. Hay muchas narraciones
en vidas hagiograficas medievales, sobre esposos que tenían relaciones
durante la semana santa y por lo mismo no podían tomar la comunión
el día de pascua; y si lo hacían eran castigados por una venganza
divina, de la que sólo la intervención de tal o cual santo
los liberaba.
A ninguno se le escapa que las dos razones para insistir en
el celibato clerical no son válidas para la iglesia de hoy. En otras
palabras: las motivaciones para el celibato sacerdotal en la iglesia occidental
son totalmente diversas. Según Engelbert, si se habla de la tradición
milenaria del celibato sacerdotal en la iglesia latina, uno debería
tener en cuenta este hecho. Como una alternativa, los gregorianos proponían
la vida canonical: la vida en común del clero (monaquización
del clero secular).