LA IGLESIA CATÓLICA DESPUÉS DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO



    La historia de las relaciones entre la iglesia católica y el estado mexicano la podemos resumir de la forma siguiente:

    El 1 de marzo de 1854, se proclamó el Plan de Ayutla en contra de la dictadura de Antonio López de Santa Anna, la revolución encabezada por Florencio Villarreal, Juan Álvarez e Ignacio Comonfort se extendió por diversas partes del país, logrando el éxito en octubre de 1855.

    Juan Álvarez asumió la presidencia de forma interina, a su gobierno se unieron los liberales, entre ellos Melchor Ocampo y Benito Juárez. Las nuevas políticas comenzaron a implementarse, paralelamente se estableció un Congreso Constituyente.

Promulgación de las leyes:

    Ley Juárez o Ley de Administración de Justicia Orgánica de los Tribunales de la Federación: suprimió los fueros en materia civil del clero y del ejército, declarando a todos los ciudadanos iguales ante la ley y la sociedad. Fue expedida por Benito Juárez el 23 de noviembre de 1855. Esta ley fue rechazada por los obispos y arzobispos de México y criticada por los conservadores.

   Ley Lafragua o Ley de libertad de imprenta: permitió la libertad de expresión en los medios impresos, entró en vigor el 28 de diciembre de 1855. Fue promulgada por el secretario de Relaciones Exteriores e Interiores José María Lafragua. Derogó a la Ley Lares.


Decreto que suprimió los votos religiosos. Se dio a conocer el 26 de abril de 1856.

Decreto que suprimió la Compañía de Jesús en México. Se dio a conocer el 5 de junio de 1856.

    Ley Lerdo o Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de Corporaciones Civiles y Eclesiásticas: obligaba a las corporaciones cíviles y eclesiásticas a vender casas y terrenos. Fue creada por Miguel Lerdo de Tejada (hermano de Sebastián Lerdo de Tejada). Fue expedida el 25 de junio de 1856.

    Ley Lafragua o Ley del Registro Civil. Por medio de esta ley se estableció el Registro del Estado Civil. Fue expedida el 27 de enero de 1857.

    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 fue promulgada el 5 de febrero de 1857. El primero en jurarla fue el republicano y federalista Valentín Gómez Farías, quien luchó por estos ideales toda su vida, desde las Cortes de Cádiz, la Independencia de México y la Constitución de 1824 que había sido derogada por el régimen centralista y la dictadura de Antonio López de Santa Anna.

    Ley Iglesias o Ley sobre derechos y aranceles parroquiales: prohibió el cobro de derechos parroquiales y diezmo a las clases pobres. Fue promulgada el 11 de abril de 1857 por José María Iglesias.

    Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos: esta ley complementa la Ley Lerdo de desamortización de los bienes de la Iglesia, con un cambio importante: los bienes ya no pasaban a manos de los rentistas. Fue expedida en Veracruz el 12 de julio de 1859.

    Ley de Matrimonio Civil: fue expedida en Veracruz el 23 de julio de 1859, por medio de esta ley se estableció que el matrimonio religioso no tenía validez oficial y estableció el matrimonio como un contrato civil con el Estado, eliminando así la intervención de los sacerdotes y el cobro del mismo por parte de las iglesias.

    Ley Orgánica de Registro Civil: el registro del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados de gobierno y no de la Iglesia. Se declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el Estado. Fue expedida en Veracruz el 28 de julio de 1859.

    Decreto de secularización de cementerios: declaró el cese de toda intervención del clero en cementerios y camposantos, fue dado a conocer en Veracruz el 31 de julio de 1859.

    Decreto supresión de festividades religiosas: mediante este decreto se declararon los días que habrían de tenerse como festivos, prohibiendo la asistencia oficial a las funciones religiosas. Fue dado a conocer en Veracruz el 11 de agosto de 1859.

     Ley sobre libertad de cultos: con esta ley la religión católica dejó de ser la única permitida. Mediante esta ley se permitió que cada persona fuera libre de practicar y elegir el culto que deseara, asimismo se prohibió la realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos. Fue expedida en Veracruz el 4 de diciembre de 1860.

     Decreto de expulsión: por el cual se ordenó el exilio del delegado apostólico Luis Clementi, al arzobispo José Lázaro de la Garza y Ballesteros y a los obispos Pedro Espinosa y Dávalos y Pedro Barajas y Moreno. Fue dado a conocer en la Ciudad de México el 21 de enero de 1861.

     Decreto de hospitales y establecimientos de beneficencia: por el cual quedaron secularizados dichos inmuebles. Fue dado a conocer en la Ciudad de México el 2 de febrero de 1861.

    Decreto de exclaustración de monjas y frailes: por el cual en toda la república se extinguieron los claustros y conventos decretándose la salida de religiosos y religiosas que ahí vivían, con la excepción de las Hermanas de la Caridad.( Cf. Wikipedia: Leyes de Reforma )

     Porfirio Díaz que fue reelegido hasta ocho veces en unas elecciones manipuladas ( 1877 a 1910) ejerció una dictadura en toda regla, fue sin embargo más tolerante con la Iglesia, aunque no revocó las leyes persecutorias, sin que él las aplicara.

     Posteriormente  Carranza y Obregón ( 1916-1920-1920-1924, ) y seguidamente Plutarco Elías Calles ( 1924-1929) ordenaron crueles persecuciones con incendio de templos, robos, violaciones, atropellos a sacerdotes y religiosas, expulsión de los sacerdotes extranjeros, multas y prisión a quienes den enseñanza religiosa o vista con hábitos clericales etc.

     Los obispos mexicanos en una carta pastoral del 27 de julio de 1926 protestan contra estos abusos; Plutarco hizo caso omiso de estas protestas. A los pocos días el 31 de julio y después de consultar a la santa sede, los obispos ordenan la suspensión del culto en toda la República. De forma inmediata una docena de obispos y el arzobispo de Méjico son expulsados del país.

Es en este momento cuando empieza la llamada despectivamente la  guerra cristera.

            El curso de la guerra la podemos resumir en los siguientes pasos:

-Incubación, de julio de diciembre de 1926.

-Explosión del alzamiento armado, desde enero de 1927.

-Consolidación de las posiciones de julio de 1927 a julio de 1928.

-Prolongación del conflicto, de agosto de 1928 a febrero de 1929, tiempo en el que el gobierno comienza a entender que no podrá vencer militarmente a los cristeros.

-Apogeo del movimiento cristero, de marzo a junio de 1929.

-Licenciamiento de los cristeros, en junio de 1929, cuando se producen los llamados arreglos entre la Iglesia y el Estado.( Cf  Jean Meyer)

  
   La historia de estos arreglos alcanzados en junio de 1929 es triste. Llegaron desde Estados Unidos, el embajador norteamericano Morrow que era masón, monseñor Ruiz y Florez, delegado apostólico, y monseñor Pascual Díaz y Barreto, a quienes los mantuvieron incomunicados.

   Por eso puede afirmarse que estos dos obispos, al negociar con Portes Gil, no siguieron las indicaciones de Pío XI, ya que no tuvieron en cuenta el juicio de los demás obispos mejicanos ni el de los cristeros. Tampoco consiguieron  la derogación de las leyes persecutorias de la Iglesia; y menos aún obtuvieron garantías escritas que protegieran la suerte de los cristeros una vez depuestas las armas.

   Solamente consiguieron del presidente unas palabras de conciliación y buena voluntad, y unas declaraciones escritas en las que sin derogar ley alguna, se afirmaba el propósito de aplicarlas sin tendencia sectaria y sin perjuicio alguno.

   Los obispos negociadores se dieron por satisfechos con las promesas presidenciales. Los cristeros entregaron las armas terminando el conflicto armado. El gobierno no fue fiel a esos arreglos, pues comenzó a través de agentes “ el asesinato sistemático y premeditado de los cristeros que habían depuesto las armas, con el fin de impedir cualquier reanudación del movimiento…La caza del hombre fue eficaz y seria, ya que se puede aventurar, apoyándose en pruebas la cifra de 1.500 víctimas, de las cuales 500 jefes, desde el grado de teniente al de general. Esto supuso una larga y durísima prueba para la fe de los cristeros, que sin embargo se mantuvieron fieles a la Iglesia con la ayuda de los mismos sacerdotes que durante la guerra les habían asistido.”( Meyer i.344-34 )

    El mayor fruto de la Cristiada fueron los mártires católicos que defendieron su fe  con su vida obligando a sus perseguidores, a una actitud menos sectaria  contra la Iglesia  de los diversos gobiernos mejicanos en nuestros días.

   Juan Pablo II beatificó a veintidós de los sacerdotes diocesanos, destacando que “ su entrega al Señor y a la Iglesia  era tan firme, que aun teniendo la posibilidad de ausentarse de sus comunidades durante el conflicto armado, decidieron, a ejemplo del Buen Pastor, permanecer entre los suyos para no privarles de la Eucaristía, de la Palabra de Dios y del cuidado pastoral. Lejos de todos ellos encender o avivar sentimientos que enfrentaron a hermanos contra hermanos. Al contrario, en la medida de sus posibilidades procuraron ser agentes de perdón y reconciliación.”
 
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(Samuel Miranda)