LA JERARQUIA DE LA IGLESIA



   NATURALEZA JERARQUICA DE LA IGLESIA

       La Iglesia es verdadera sociedad porque tiene los tres elementos indispensables en ella: a) multiplicidad de individuos que la integran; b) fin y medios de acción que los unen; c) autoridad que los dirige.

   Todas las sociedades: a) constan de varios individuos; b) tienen un fin que las distingue: unas son literarias, otras científicas, comerciales, etc; y buscan los medios apropiados para alcanzar su fin; c) Reconocen una autoridad directiva.

   En la Iglesia: a) los individuos son los bautizados; b) el fin, es la salvación eterna; y los medios para alcanzarla, la fe, mandamientos, sacramentos,etc; c) La autoridad, es el Papa y los Obispos.

    El Pueblo de Dios. Los fieles cristianos:

   Son fieles cristianos quienes, incorporados a Cristo por el bautismo, se integran en el Pueblo de Dios, y cada uno según su propia condición, son llamados a desempeñar la misión que Dios encomendó cumplir a la Iglesia en el mundo.

   Hay dos principios básicos en la constitución del Pueblo de Dios:

1) Principio de igualdad: todos los bautizados están igualmente llamados a la plenitud de la santidad, que es la misma para todos, y todos están igualmente  llamados al apostolado común.

2) Principio de variedad: aunque la santidad y el apostolado son, en cuanto a su sustancia y fin, iguales para todos, sin embargo, hay diversidad en los modos y formas de alcanzarlos, dependiendo de las condiciones de vida y de las vocaciones particulares específicas (Juan 3,8).

   En virtud del principio de igualdad, todos los que pertenecen al pueblo de Dios reciben el mismo nombre; el de fieles, y todos gozan igualmente de una condición común, que se llama estatuto jurídico del fiel, es decir, conjunto de derechos y deberes que nacen de la condición de fiel.

   De acuerdo con el principio de variedad, podemos distinguir en el Pueblo de Dios:

a) Minitros sagrados o clérigos: son los fieles destinados mediante el sacramento del Orden, al ejercicio ministerial del sacerdocio.

b) Fieles comprometidos por medio de votos u otros vínculos sagrados, a seguir la vida consagrada, y que pueden recibir o no el sacramento del Orden.

c) Laicos o fieles no cualificados ni por el sacramento del Orden ni por una consagración de vida, y cuyo deber peculiar es el impregnar y perfeccionar el orden temporal con el espíritu del Evangelio, y dar testimonio de Cristo en la realización de las tareas seculares.

 LA IGLESIA, SOCIEDAD JERARQUICA

   Se entiende por jerarquía los diversos grados que hay en la autoridad eclesiástica, para poder cumplir el fin que tiene la Iglesia, de acuerdo a esos encargos que Cristo le dejó: santificar, gobernar y enseñar.

   En la estructura jerárquica de la Iglesia podemos distinguir dos poderes y potestades: la de orden y la de régimen.

   Potestad de orden se refiere al poder de santificar, es decir, de administrar los sacramentos, y encierra tres grados: el episcopado, el presbíterado y el diaconado.

   Potestad de régimen se refiere al poder de gobernar y enseñar.

   Por derecho divino la potestad de régimen recae sobre:

--El Romano Pontífice (el Papa)
--El Colegio Episcopal (los Obispos).

   En cambio, por derecho eclesiástico la potestad de régimen, se ha organizado de diversos modos, buscando la mejor manera de alcanzar el fin de la Iglesia: la salvación de las almas. Actualmente se ejercita por diversos cauces: Sínodo de Obispos; Colegio de Cardenales; Curia Romana; Legados Pontificios; Las Iglesias Particulares y Prelaturas personales.


--El Sínodo de Obispos es una asamblea de Obispos escogidos de las distintas regiones del mundo, que se reúnen en ocasiones determinadas para fomentar la unión estrecha entre el Romano Pontífice y los Obispos, y ayudar al Papa con sus consejos para la integridad y mejora de la fe y costumbres y la conservación y fortalecimiento de la disciplina eclesiástica, y estudiar las cuestiones que se refieren a la acción de la Iglesia en el mundo.

--Colegio de Cardenales al que compete proveer a la elección del Romano Pontífice y asistirlo colegialmente cuando son convocados para tratar juntos cuestiones de más importancia, o prestarle al Papa una asistencia personal, mediante los distintos oficios que desempeñan, en el gobierno cotidiano de la Iglesia universal.

--Curia Romana es aquella mediante la cual el Papa puede tramitar los asuntos de la Iglesia universal (Secretaría de Estado, Consejos para asuntos públicos de la Iglesia, Sagradas Congregaciones, Tribunales,etc).

--Legados Pontificios son aquellos que envía el Papa en su nombre tanto a las Iglesias particulares como ante los Estados y Autoridades públicas.

--Iglesias Particulares. Entran aquí la prelatura territorial, el vicariato apostólico y la diócesis personal.

--Prelaturas personales es una de esas formas de organización jerárquica de la Iglesia, de carácter netamente personal (quiere decir que de ordinario, no se rigen por el criterio de la territorialidad) y secular, erigidas por la Santa Sede, para la realización de actividades pastorales peculiares en el ámbito de una región, de una nación o del mundo entero.

   Las Prelaturas personales no tienen parecido alguno con las Instituciones asociativas, entre otras cosas porque éstas no son parte de la organización jerárquica de la Iglesia.

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(Samuel Miranda)