RITUAL DE LA SAGRADA COMUNIÓN
Y DEL CULTO EUCARÍSTICO FUERA DE LA MISA
Hace ya varios años venimos usando el Ritual de la Sagrada
Comunión y del Culto Eucarístico fuera de la Misa, tal como
nos lo entregó la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II.
La edición típica datad e 1973 y hasta la fecha no ha surgido
otra. El ritual en español para México recibió el decreto
confirmatorio de la Santa Sede en 1974. Han pasado ya más de treinta
y cinco años, motivo por el cual era conveniente preparar una edición
actualizada.
En esta nueva edición se ha conservado íntegro
el material de la edición típica. Sólo se ha distribuido
de tal manera que facilite la digna celebración de la Sagrada Comunión
y el Culto Eucarístico fuera de la Misa. Las oraciones y las lecturas
que aparecían en “vosotros” ahora vienen en “ustedes”. Además
se han introducido cuatro apéndices que lo hacen más útil
y cercano a nuestra cultura.
El Apéndice I, en consonancia con una larga tradición
de nuestra Iglesia que peregrina en México, ofrece dos opciones del
“Rito para la exposición y bendición con el Santísimo
Sacramento”, una que podemos llamar “ordinaria” y otra que se lleva a cabo
“en una hora santa con liturgia de la Palabra de Dios”.
Encontramos tres ritos estrechamente relacionados entre sí
y con la Sagrada Comunión y el Culto Eucarístico: “Para instituir
ministro extraordinario de la distribución de la Sagrada Comunión”
(Apéndice III) y el “Rito que debe observar el ministro extraordinario
de la distribución de la Sagrada Comunión” (Apéndice
V). El tenerlos en el mismo volumen será de gran utilidad para mejorar
éstas prácticas.
Se ha agregado la Instrucción Immensæ caritatis,
de la Sagrada Congregación para la Disciplina de los Sacramentos,
para facilitar la Comunión sacramental en algunas circunstancias (Apéndice
II). En un Anexo se añade un repertorio de cantos eucarísticos,
que incluye la notación musical de los mismos y, en muchos casos,
las versiones en latín y en español.
La Comisión Episcopal para la Pastoral Litúrgica
en México ofrece a todos, pastores y fieles, esta reimpresión
actualizada y enriquecida del Ritual de la Sagrada Comunión y del
Culto Eucarístico fuera de la Misa. Que Dios nos conceda la gracia
de utilizarla con fruto creciente.
+ Jonás Guerrero Corona
Obispo Auxiliar de la Arquidiócesis de México
Presidente de la Comisión Episcopal para la Pastoral Litúrgica
RITUAL DE LA SAGRADA COMUNIÓN
Y DEL CULTO EUCARÍSTICO
FUERA DE LA MISA
PRENOTANDOS GENERALES
I.RELACIONES ENTRE EL CULTO EUCARÍSTICO FUERA DE LA MISA Y LAS CELEBRACIONES
DE LA EUCARISTÍA
II.
1.La celebración de la Eucaristía es el centro de toda la vida
cristiana, tanto para la Iglesia universal como para las asambleas locales
de la misma Iglesia. Pues “los demás sacramentos, al igual que todos
los ministerios eclesiásticos y las obras del apostolado, están
unidos con la Eucaristía y hacia ella se ordenan. Pues en la sagrada
Eucaristía se contiene todo el bien espiritual de la Iglesia, es decir,
Cristo en persona, nuestra Pascua y pan vivo que, por su carne vivifica por
el Espíritu Santo, se da vida a los hombres que de esta forma son
invitados y estimulados a ofrecerse a sí mismos, sus trabajos y todas
las cosas creadas juntamente con él”[1].
2.Pero además, “la celebración de la Eucaristía en el
sacrificio de la Misa es realmente el origen y el fin del culto que se le
tributa fuera de la Misa”[2]. Porque Cristo, el Señor, que “se inmola
en el mismo sacrificio de la Misa cuando comienza a estar sacramentalmente
presente como alimento espiritual de los fieles bajo las especies de pan
y vino”, también “una vez ofrecido el sacrificio, mientras la Eucaristía
se conserva en las iglesias y oratorios es verdaderamente Emmanuel, es̔Dios-con-nosotros
̓ . Pues día y noche está en medio de nosotros, habita con
nosotros lleno de gracia y de verdad”[3].
3.Nadie debe dudar “que los cristianos tributan a este Santísimo Sacramento,
al venerarlo, el culto de latría que se debe al Dios verdadero, según
la costumbre siempre aceptada en la Iglesia católica. Porque no debe
dejar de ser adorado por el hecho de haber sido instituido por Cristo, el
Señor, para ser comido”[4].
4.Para ordenar y promover rectamente la piedad hacia el Santísimo
Sacramento de la Eucaristía hay que considerar el misterio eucarístico
en toda su amplitud, tanto en la celebración de la Misa como en el
culto de las sagradas especias, que se conservan después de la Misa
para prolongar la gracia del sacrificio[5].
III.FINALIDAD DE LA RESERVA EUCARÍSTICA
5.El fin primero y primordial de la reserva de las sagradas especies fuera
de la Misa es la administración del viático; los fines secundarios
son la distribución de la Comunión y la adoración de
nuestro Señor Jesucristo presente en el Sacramento. Pues la reserva
de las especies sagradas para los enfermos a introducido la laudable costumbre
de adorar este manjar del cielo conservado en las iglesias. Este culto de
adoración se basa en una razón muy sólida y firme: sobre
todo porque a la fe en la presencia real del Señor le es connatural
si manifestación externa y pública[6].
6.En la celebración de la Misa se iluminan gradualmente los modos
principales según los cuales Cristo se hace presente a su Iglesia:
en primer lugar, está presente en la asamblea de los fieles congregados
en su nombre; está presente también en su palabra, cuando se
lee y explica en la iglesia la Sagrada Escritura; presente también
en la persona del ministro; finalmente, sobre todo, está presente
bajo las especies eucarísticas. En este Sacramento, en efecto, de
modo enteramente singular, Cristo entero e íntegro, Dios y hombre,
se halla presente substancial y permanente. Esta presencia de Cristo bajo
las especies “se dice real, no por exclusión, como si las otras no
fueran reales, sino por excelencia”[7].
Así que, por razón del signo, es más propio de la naturaleza
de la celebración sagrada que la presencia eucarística de Cristo,
fruto de la consagración, y que como tal debe aparecer en cuanto sea
posible, no se tenga ya desde el principio por la reserva de las especies
sagradas en el altar en que se celebra la Misa[8].
7.Renuévense frecuentemente y consérvense en un copón
o vaso sagrado las hostias consagradas, en la cantidad suficiente para la
Comunión de los enfermos y de otros fieles[9].
8.Cuiden los pastores de que, a no ser que obste una razón grave,
las iglesias en que, según las normas de Derecho, se guarda la santísima
Eucaristía, estén abiertas diariamente durante varias horas
en el tiempo más oportuno del día, para que los fieles puedan
fácilmente orar ante el Santísimo Sacramento[10].
IV.EL LUGAR PARA LA RESERVA DE LA EUCARISTÍA
9.El lugar en que se guarda la santísima Eucaristía sea verdaderamente
destacado. Conviene que sea igualmente apto para la adoración y oración
privada, de modo que los fieles no dejen de venerar al Señor presente
en el Sacramento, aun con culto privado, y lo hagan con facilidad y provecho
Lo cual se conseguirá más fácilmente cuando el sagrario
se coloca en una capilla que esté separada de la nave central de la
iglesia, sobre todo en las iglesias en que se celebran con frecuencia matrimonios
y funerales y en todos los que lugares que son muy visitados, ya por peregrinaciones,
ya por razón de tesoros de arte y de historia.
10.La sagrada Eucaristía se reservará en un sagrario inamovible
y sólido, no transparente, y cerrado de tal manera que se evite al
máximo el peligro de profanación. De ordinario en cada iglesia
u oratorio haya un solo sagrario, colocado en una parte de la iglesia u oratorio
verdaderamente noble, destacada, convenientemente adornada y apropiada para
la oración. Quien cuida de la iglesia u oratorio ha de proveer a que
se guarde diligentísimamente la llave del sagrario en que se reserva
la santísima Eucaristía[11].
11.La presencia de la santísima Eucaristía en el sagrario indíquese
por el conopeo o por otro medio determinado por la autoridad competente.
Ante el sagrario en el que está reservada la sagrada Eucaristía
ha de lucir constantemente una lámpara especial, con la que se indique
y honre la presencia de Cristo.
Según la costumbre tradicional, y en la medida de lo posible, la lámpara
ha de ser de aceite o de cera[12].
V.LO QUE CORRESPONDE A LAS CONFERENCIAS EPISCOPALES
12.Corresponde a las Conferencias, al preparar los Rituales particulares
según la norma de la Constitución sobre la sagrada liturgia[13],
acomodar este título del Ritual Romano a las necesidades de cada región,
y una vez aceptado por la sede Apostólica, empléese en las
correspondientes regiones.
Por lo tanto será propio de las Conferencias Episcopales:
a)Considerar con detenimiento y prudencia qué elementos procedentes
de las tradiciones de los pueblos (si las hubiere) se pueden retener o introducir,
con tal de que se acomoden al espíritu de la sagrada liturgia; por
lo tanto, es propio de las Conferencias Episcopales proponer a la Sede Apostólica
y, de acuerdo con ella, introducir las acomodaciones que se estimen útiles
o necesarias.
b)Preparar las versiones de los textos, de modo que se acomoden verdaderamente
al genio de cada idioma y a la índole de cada cultura, añadiendo
quizás otros textos, especialmente para el canto, con las oportunas
melodías.
CAPITULO I
LA SAGRADA COMUNIÓN FUERA DE LA MISA
PRENOTANDOS
I.RELACIÓN ENTRE LA SAGRADA COMUNIÓN FUERA DE LA MISA
Y EL SACRIFICIO EUCARÍSTICO
13.La más perfecta participación en la celebración eucarística
es la Comunión sacramental recibida dentro de la Misa. Esto resplandece
con mayor claridad, por razón del signo, cuando los fieles, después
de la Comunión del sacerdote, reciben del mismo sacrificio el Cuerpo
del Señor[14]. Por lo tanto, de ordinario, en cualquier celebración
eucarística conságrese para la Comunión de los fieles
pan recientemente elaborado.
14.Hay que procurar que los fieles comulguen en la misma celebración
eucarística.
Pero los sacerdotes no rehúsen administrar, incluso fuera de la Misa,
la sagrada Comunión a los fieles cuando la piden con causa justa[15].
Incluso conviene que quienes estén impedidos de asistir a la celebración
eucarística de la comunidad se alimenten asiduamente con la Eucaristía,
para que así se sientan unidos no solamente al sacrificio del Señor,
sino también unidos a la comunidad y sostenidos por el amor de los
hermanos.
Los pastores de almas cuiden que los enfermos y ancianos tengan facilidades
de recibir la Eucaristía frecuentemente e incluso, de ser posible,
todos los días, sobre todo en el Tiempo Pascual, aunque no padezcan
una enfermedad grave no estén amenazados por el peligro de la muerte
inminente. A los que no puedan recibir la Eucaristía bajo la especie
de pan, es lícito administrársela bajo la especie de vino solo[16].
15.Enséñese con diligencia a los fieles que también
cuando reciben la Comunión fuera de la celebración de la Misa
se unen íntimamente al sacrificio con el que se perpetúa el
sacrificio de la cruz y participan de aquel sagrado convite en el que “por
la comunión en el Cuerpo y la Sangre del Señor el pueblo de
Dios participa en los bienes del sacrificio pascual, renueva la nueva Alianza
entre Dios y los hombres, sellada de una vez para siempre con la sangre de
Cristo, y prefigura y anticipa en la fe y la esperanza el banquete escatológico
en el reino del Padre anunciando la muerte del Señor “hasta que vuelva””[17].
II.EN QUÉ TIEMPO SE HA DE ADMINISTRAR LA COMUNIÓN FUERA DE
LA MISA
16.La sagrada Comunión fuera de la Misa se puede dar en cualquier
día y a cualquier hora. Conviene, sin embargo, determinar, atendiendo
a la utilidad de los fieles, las horas para distribuir la sagrada Comunión,
para que se realice una sagrada celebración más plena con mayor
fruto espiritual de los fieles.
Sin embargo:
a)El Jueves Santo sólo puede distribuirse la sagrada Comunión
dentro de la Misa; pero a los enfermos se puede llevar la Comunión
a cualquier hora del día.
b)El Viernes Santo únicamente puede distribuirse la sagrada Comunión
durante la celebración de la Pasión del Señor; a los
enfermos que no pueden participar de esta celebración se puede llevar
la sagrada Comunión a cualquier hora del día.
c)El Sábado Santo la Comunión sólo puede darse como
viático[18].
III.EL MINISTRO DE LA SAGRADA COMUNIÓN
17.Pertenece ante todo al sacerdote y al diácono administrar la Comunión
a los fieles que la pidan[19]. Mucho conviene, pues, que a este ministerio
de su orden dediquen todo el tiempo preciso, según la necesidad de
los fieles.
También pertenece al acólito debidamente instituido, en cuanto
ministro extraordinario, distribuir la sagrada Comunión cuando faltan
un presbítero o diácono, o estén impedidos, sea por
enfermedad, edad avanzada, o por algún ministerio pastoral, o cuando
el número de fieles que se acercan a la sagrada mesa es tan numeroso
que se alargaría excesivamente la Misa u otra celebración[20].
El Ordinario del lugar puede conceder la facultad de distribuir la sagrada
Comunión a otros ministros extraordinarios cuando sea necesario para
la utilidad pastoral de los fieles y no se disponga ni de sacerdote ni de
diácono o acólito[21].
IV.EL LUGAR PARA DISTRIBUIR LA COMUNIÓN FUERA DE LA MISA
18.El lugar en que de ordinario se distribuye la sagrada Comunión
fuera de la Misa es la iglesia o un oratorio en que habitualmente se celebra
o reserva la Eucaristía, o la iglesia, oratorio u otro lugar en que
la comunidad se reúne habitualmente para celebrar una asamblea litúrgica
los domingos u otros días. Sin embargo, en otros lugares, sin excluir
las casas particulares, se puede dar la Comunión, cuando se trata
de enfermos, cautivos y otros que sin peligro o grave dificultad no pueden
salir.
V.LO QUE SE HA DE OBSERVAR AL DISTRIBUIR LA SAGRADA COMUNIÓN
19.Cuando se administra la sagrada Comunión en la iglesia o en un
oratorio, póngase el corporal sobre el altar cubierto con un mantel;
enciéndanse dos cirios como señal de la veneración y
de banquete festivo[22]; utilícese la patena. Pero, cuando la sagrada
Comunión se administra en otros lugares, prepárese una mesa
decente cubierta con un mantel; téngase también preparados
los cirios.
20.El ministro de la sagrada Comunión, si es presbítero o diácono,
vaya revestido de alba, o sobrepelliz sobre el traje talar, y lleve estola.
Los otros ministros lleven o un vestido litúrgico, quizá tradicional
en la región, o un vestido que no desdiga de este ministerio y que
el Ordinario apruebe.
Para administrar la Comunión fuera de la iglesia, llévese la
Eucaristía en una cajita u otro vaso cerrado, con la vestidura y el
modo apropiado a las circunstancias de cada lugar.
21.Al distribuir la sagrada Comunión consérvese la costumbre
de depositar la partícula de pan consagrado en la lengua de los que
reciben la Comunión, que se basa en el modo tradicional de muchos
siglos.
Sin embargo,, las Conferencias Episcopales pueden decretar, con la confirmación
de la Sede Apostólica, que en su jurisdicción se pueda distribuir
también la sagrada Comunión depositando el pan consagrado en
las manos de los fieles, con tal que se evite el peligro de faltar a la reverencia
o se dé lugar a que surjan entre los fieles ideas falsas sobre la
santísima Eucaristía[23].
Por lo demás conviene enseñar a los fieles que Jesucristo es
el Señor y el Salvador porque se le debe a él, presente bajo
las especies sacramentales, el culto de latría o adoración,
propio de Dios[24].
En ambos casos, la sagrada Comunión debe ser distribuida por el ministro
competente, que muestre y entregue al comulgante la partícula del
pan consagrado, diciendo la fórmula: “El Cuerpo de Cristo”, a lo que
cada fiel responde: “Amén”. En los que toca a la distribución
de la sagrada Comunión bajo la especie de vino, sígase fielmente
las normas litúrgicas[25].
22.Si quedaran algunos fragmentos después de la Comunión, recójanse
con reverencia y pónganse en el copón, o échense en
un vasito con agua. Igualmente, si la Comunión se administra bajo
la especie de vino, purifíquese con agua el cáliz o cualquier
otro vaso empleado para ese menester. El agua utilizada en esas purificaciones,
o bien se consume o se arroja en algún lugar conveniente.
VI.LAS DISPOCISIONES PARA RECIBIR LA SAGRADA COMUNIÓN
23.La Eucaristía, que continuamente hace presente entre los hombres
el Misterio Pascual de Cristo, es la fuente de toda gracia y del perdón
de los pecados. Sin embargo, los que desean recibir el Cuerpo del Señor,
para que perciban los frutos del sacramento pascual tienen que acercarse
a él con la conciencia limpia y con recta disposición de espíritu.
Además, la Iglesia manda “que nadie consciente de pecado mortal, por
contrito que se crea, se acerque a la sagrada Eucaristía sin que haya
precedido la confesión sacramental[26]. Pero cuando concurre un motivo
grave y no hay oportunidad de confesarse, haga un acto de perfecta contrición
con el propósito de confesar cuanto antes todos los pecados mortales,
que al presente no pueda confesar.
Pero los que diariamente o con frecuencia suelen comulgar, conviene que con
la oportunidad periodicidad, según la condición de cada cual,
se acerquen al sacramento de la Penitencia. Por lo demás, los fieles
miren también la Eucaristía como remedio que nos libra de las
culpas de día y nos preserva de los pecados mortales; sepan también
de modo conveniente de aprovecharse de los ritos penitenciales de la liturgia,
en especial de la Misa[27].
24.Los que van a recibir el Sacramento no lo hagan sin estar durante al menos
una hora en ayunas de alimentos y bebidas, a excepción del agua y
de las medicinas.
El tiempo de ayuno eucarístico, o sea, la abstinencia de alimento
o bebida no alcohólica, se abrevia a un cuarto de hora aproximadamente
para:
1)Los enfermos que residen en hospitales o en sus domicilios, aunque no guarden
cama.
2)Los fieles de edad avanzada, que por su ancianidad no salen de casa o están
en asilos.
3)Los sacerdotes enfermos, aunque no guarden cama, o de edad avanzada, lo
mismo para celebrar Misa que para recibir la sagrada Comunión.
4)Las personas que están al cuidado de los enfermos o ancianos, y
sus familiares que desean recibir con ellos la sagrada Comunión, siempre
que sin incomodidad no puedan guardar el ayuno por una hora[28].
25.La unión con Cristo, a la que se ordena el mismo Sacramento, ha
de extenderse a toda la vida cristiana, de modo que los fieles de Cristo,
contemplando asiduamente en la fe el don recibido, y guiados por el Espíritu
Santo, vivan su vida ordinaria en acción de gracias y produzcan frutos
más abundantes de caridad.
Para que puedan continuar más fácilmente en esta acción
de gracias, que de un modo eminente se da a Dios en la Misa, se recomienda
a los que han sido alimentados con la sagrada Comunión que permanezcan
en algún tiempo en oración[29].
CAPÍTULO III
VARIAS FORMAS DE CULTO QUE SE TRIBUTAN A LA SAGRADA EUCARISTÍA
87. Se recomienda con empeño la devoción privada y pública
a la sagrada Eucaristía, aun fuera de la Misa, de acuerdo con las
normas establecidas por la autoridad competente, pues el sacrificio eucarístico
es la fuente y el punto culminante de toda la vida cristiana. En la organización
de tan piadoso y santos ejercicios, téngase en cuenta los tiempos
litúrgicos, de modo que vayan de acuerdo con la sagrada liturgia,
en cierto modo se deriven de ella y a ella conduzcan al pueblo[30].
88. Los fieles, cuando veneran a Cristo presente en el Sacramento, deben
acordar que esta presencia proviene del sacrificio y se ordena al mismo tiempo
a la comunión sacramental y espiritual.
Así, pues, la piedad que impulsa a los fieles a adorar la sagrada
Eucaristía los lleva a participar más plenamente en al Misterio
Pascual y a responder con agradecimiento al don de aquel que por medio de
su humanidad infunde continuamente la vida en los miembros de su Cuerpo.
Permaneciendo ante Cristo, el Señor, disfrutan de su trato íntimo,
le abren su corazón por sí mismos y por todos los suyos y ruegan
por la paz y la salvación del mundo. Ofreciendo con Cristo toda su
vida al Padre en el Espíritu Santo sacan de este trato admirable un
aumento de su fe, su esperanza y su caridad. Así fomentan las disposiciones
debidas que les permiten celebrar con la devoción conveniente el memorial
del Señor y recibir frecuentemente el pan que nos ha dado el Padre.
Traten, pues, los fieles de venerar a Cristo en el Sacramento de acuerdo
con su propio modo de vida. Y los pastores en este punto vayan delante con
su ejemplo y exhórtenlos con sus palabras[31].
89. Acuérdense, finalmente, de prolongar por medio de la oración
ante Cristo, el Señor, presente en el Sacramento, la unión
con él conseguida en la Comunión y renovar la alianza que los
impulsa a mantener en sus costumbres y en su vida lo que han recibido en
la celebración eucarística por la fe y el Sacramento. Procurarán,
pues, que su vida transcurra con alegría en la fortaleza de este alimento
del cielo, participando en la muerte y resurrección del Señor.
Así, cada uno procure hacer buenas obras, agradar a Dios, trabajando
por impregnar al mundo del espíritu cristiano y también proponiéndose
llegar a ser testigo de Cristo en todo momento en medio de la sociedad humana[32].
I.LA EXPOSICIÓN DE LA SAGRADA EUCARISTÍA
A.RELACIONES ENTRE LA EXPOSICIÓN Y LA MISA
90. La exposición de la sagrada Eucaristía, sea en el copón,
sea en la custodia, lleva a los fieles a reconocer en ella la maravillosa
presencia de Cristo y los invita a la unión de corazón con
él, que culmina en la Comunión sacramental. Así promueve
adecuadamente el culto en espíritu y en verdad que le es debido.
Hay que procurar que en tales exposiciones el culto del Santísimo
Sacramento manifieste, aún en los signos externos, su relación
con la Misa. En el ornato y en el modo de la exposición evítese
cuidadosamente lo que pueda oscurecer el deseo de Cristo, que instituyó
la Eucaristía ante todo para que fuera nuestro alimento, nuestro consuelo
y nuestro remedio[33].
91. Se prohíbe la celebración de la Misa durante el tiempo
en que está expuesto el Santísimo Sacramento en la misma nave
de la iglesia u oratorio.
Pues, aparte de las razones propuestas en el número 6, la celebración
del misterio eucarístico incluye de una manera más perfecta
aquella comunión interna a la que se pretende llevar a los fieles
con la exposición.
Si la exposición del Santísimo Sacramento se prolonga durante
uno o varios días, debe interrumpirse durante la celebración
de la Misa, a no ser que se celebre en una capilla o espacio separado del
lugar de la exposición y permanezcan en adoración por lo menos
algunos fieles[34].
B.NORMAS QUE SE HAN DE OBSERVAR EN LA EXPOSICIÓN
92. Ante el Santísimo Sacramento, ya sea reservado en el sagrario,
ya expuesto para la adoración pública, sólo se hace
genuflexión sencilla.
93. Para la exposición del Santísimo Sacramento en la custodia
se encienden cuatro o seis cirios de los usuales en la Misa, y se emplea
el incienso. Para la exposición en el copón enciéndase
por lo menos dos cirios; se puede emplear el incienso.
EXPOSICIÓN PROLONGADA
94. En las iglesias y oratorios en que se reserva la Eucaristía, se
recomienda cada año una exposición solemne del Santísimo
Sacramento. Prolongada durante algún tiempo, aunque no sea estrictamente
continuado, a fin de que la comunidad local pueda meditar y adorar más
intensamente este misterio.
Pero esta exposición, con el consentimiento del Ordinario del lugar,
se hará solamente se prevé una asistencia conveniente de fieles[35].
95. En caso de necesidad grave y general, el Ordinario del lugar puede ordenar
preces delante del Santísimo Sacramento, expuesto durante algún
tiempo más prolongado, y que debe hacerse en aquellas iglesias que
son más frecuentadas por los fieles[36].
96. Donde, por falta de número conveniente de adoradores, no se puede
tener la exposición sin interrupción, está permitido
reservar el Santísimo Sacramento en el sagrario, en horas determinadas
y dadas a conocer, pero no más de dos veces al día; por ejemplo,
a mediodía y por la noche.
Esta reserva puede hacerse de modo más simple: el sacerdote o el diácono,
revestido de alba (o de cota sobre la sotana) y de estola, después
de una breve adoración, hecha la oración con los fieles, reserva
el Santísimo Sacramento en el sagrario. De igual modo, a la hora señalada
se hace de nuevo la exposición[37].
EXPOSICIÓN BREVE
97. Las exposiciones breves del Santísimo Sacramento deben ordenarse
de tal manera que, antes de la bendición con el Santísimo Sacramento,
se dedique un tiempo conveniente a la lectura de la palabra de Dios, a los
cánticos, a las preces y a la oración en silencio prolongada
durante algún tiempo.
Se prohíbe la exposición que se hace únicamente con
el fin de dar la bendición[38].
LA ADORACIÓN EN LAS COMUNIDADES RELIGIOSAS
98. A las comunidades religiosas y otras piadosas asociaciones que, según
las Constituciones o normas de su Instituto, tienen la adoración perpetua
o prolongada por lago tiempo, se les recomienda encarecidamente que organicen
esta piadosa costumbre según el espíritu de la sagrada liturgia,
de forma que cuando la adoración ante Cristo, el Señor, se
tenga con participación de toda la comunidad, se haga con sagradas
lecturas, cánticos y algún tiempo de silencio, para fomentar
más eficazmente la vida espiritual de la comunidad. De esta manera
se promueve entre los miembros de la comunidad religiosa el espíritu
de unidad y fraternidad de que es signo y realización de la Eucaristía
y se practica el culto debido al Sacramento de forma más noble.
También se ha de conservar aquella forma de adoración, muy
digna de alabanza, en que los miembros de la comunidad se van turnando de
uno en uno, o de dos en dos. Porque también de esta forma, según
las normas del Instituto aprobadas por la Iglesia, ellos adoran y ruegan
a Cristo, el Señor, en el Sacramento, en nombre de toda la comunidad
y de la Iglesia.
C.EL MINISTRO DE LA EXPOSICIÓN DE LA SAGRADA EUCARISTÍA.
99. El ministro ordinario de la exposición del Santísimo Sacramento
es el sacerdote o el diácono, que al final de la adoración,
antes de reservar el Sacramento, bendice al pueblo con el mismo Sacramento.
En ausencia del sacerdote o diácono, o legítimamente impedidos,
pueden exponer públicamente la santísima Eucaristía
a la adoración de los fieles y reservarla después:
a)El acólito instituido u otro ministro extraordinario de la sagrada
Comunión,
b)Algún miembro de las comunidades religiosas y de las pías
asociaciones laicales, masculinas o femeninas, que se dedican a la adoración
eucarística, designado por el Ordinario del lugar.
Todos estos pueden hacer la exposición abriendo el sagrario, o también,
si se juzga oportuno, poniendo el copón sobre el altar, o poniendo
la hostia en la custodia. Al final de la adoración reservan el Sacramento
en el sagrario. No le es lícito, sin embargo, dar la bendición
con el Santísimo Sacramento.
100. el ministro, si es sacerdote o diácono, revístase del
alba (o la cota sobre la sotana) y de la estola de color blanco.
Los otros ministros lleven o la vestidura litúrgica tradicional en
el país, o un vestido que no desdiga de este sagrado ministerio y
que el Ordinario apruebe.
Para dar la bendición al final de la adoración, cuando la exposición
se ha hecho con la custodia, el sacerdote y el diácono póngase
además la capa pluvial y el velo humeral de color blanco; pero si
la bendición se da con el copón, basta con el velo humeral.
II.LAS PROCESIONES EUCARÍSTICA
101. el pueblo cristiano da testimonio público de fe y piedad religiosa
hacia el Santísimo Sacramento con las procesiones en que se lleva
la Eucaristía por las calles con solemnidad y con cantos.
Corresponde al Ordinario del lugar juzgar sobre la oportunidad, en las circunstancias
actuales, acerca del tiempo, lugar y organización de tales procesiones,
para que se lleven a cobo con dignidad y sin desdoro de la reverencia debida
a este Santísimo Sacramento[39].
102. Entre las procesiones eucarísticas, adquiere especial importancia
y significación en la vida pastoral de la parroquia o de la ciudad
la que suele celebrarse todos los años en la solemnidad del Cuerpo
y de la Sangre de Cristo, o en algún otro día más oportuno,
cercano a esta solemnidad. Conviene, pues, que, donde las circunstancias
actuales lo permitan y verdaderamente pueda ser signo colectivo de fe y de
adoración, se conserve esta procesión de acuerdo con las normas
del derecho.
Pero si se trata de grandes ciudades, y la necesidad pastoral así
lo aconseja, se puede, a juicio del Ordinario del lugar, organizar otras
procesiones en los barrios principales de la ciudad. Pero donde no se pueda
celebrar la procesión en la solemnidad del Cuerpo y de la Sangre de
Cristo, conviene que se tenga otra celebración pública para
toda la ciudad o para sus barrios principales en la iglesia catedral o en
otros lugares oportunos.
103. Conviene que la procesión con el Santísimo Sacramento
se celebra a continuación de la Misa, en la que se consagre la hostia
que se ha de llevar en la procesión. Sin embargo, nada impide que
la procesión se haga después de la adoración pública
y prolongada que siga a la Misa.
104. Las procesiones eucarísticas organícense según
los usos de la región, ya en lo que respecta al ornato de plazas y
calles, ya en lo que toca a la participación de los fieles. Durante
el recorrido, según lo aconseje la costumbre y el bien pastoral, pueden
hacerse algunas “estaciones”, aun con la bendición eucarística.
Sin embargo, los cantos y oraciones que se tengan ordénense a que
todos manifiestan su fe en Cristo y que solamente sean para alabanza del
Señor.
III.LOS CONGRESOS EUCARÍSTICOS
105. Los Congresos Eucarísticos, que en los tiempos modernos se han
introducido en la vida de la Iglesia como peculiar manifestación de
culto eucarístico, se han de mirar como un statio, a la cual alguna
comunidad local invita a toda la diócesis, o una diócesis invita
a las demás diócesis de la región o de la nación,
o aun de todo el mundo, para que todos juntos reconozcan más plenamente
el misterio de la Eucaristía bajo algún aspecto particular
y lo veneren públicamente con el vínculo de la caridad y de
la unión.
Conviene que tales Congresos sean verdadero signo de fe y caridad por la
plena participación de la Iglesia local y por la presencia representativa
de otras Iglesias.
106. Háganse los oportunos estudios, ya en la Iglesia local ya en
las otras Iglesias, sobre el lugar, temario y el programa de actos del Congreso
que se vaya a celebrar, para que se consideren las verdaderas necesidades
y se favorezca el progreso de los estudios teológicos y el bien de
la Iglesia local. Para este trabajo de investigación búsquese
el asesoramiento de los teólogos, escrituristas, liturgistas y pastoralistas,
sin olvidar a los versados en las ciencias humanas.
107. Para preparar un Congreso se ha de hacer sobre todo:
a) Una catequesis más profunda y acomodada a la cultura de los diversos
grupos humanos acerca de la Eucaristía, principalmente en cuanto constituye
el misterio de Cristo viviente y operante en la Iglesia.
b) Una participación más activa en sagrada liturgia, que fomente
al mismo tiempo la escucha religiosa de la palabra de Dios y el sentido fraterno
de la comunidad[40].
c) Una investigación de las ayudas y la puesta en marcha de obras
sociales para la promoción humana y para la comunicación cristiana
de bienes incluso temporales, a ejemplo de la primitiva comunidad cristiana[41],
para que el fermento evangélico se difunda desde la mesa eucarística
por todo el orbe como fuerza de edificación de la sociedad actual
y prenda de la futura[42].
108. Criterios para organizar la celebración de un Congreso eucarístico[43]:
a)La celebración de la Eucaristía sea verdaderamente el centro
y la culminación a la que se dirijan todos los actos y los diversos
ejercicios de piedad.
b)Las celebraciones de la palabra de Dios, las sesiones catequéticas
y otras reuniones públicas tiendan sobre todo a que el tema propuesto
se investigue con mayor profundidad, y se propongan con mayor claridad los
aspectos prácticos a fin de llevarlos a efecto.
c)Concédase la oportunidad de tener ya las oraciones comunes, ya la
adoración prolongada, ante el Santísimo Sacramento expuesto,
en determinadas iglesias que se juzguen más a propósito para
este ejercicio de piedad.
d)En cuanto a organizar una procesión, en que se traslade al Santísimo
Sacramento con himnos y preces públicas por las calles de la ciudad,
guárdense las normas para las procesiones eucarísticas, mirando
a las condiciones sociales y religiosas del lugar (cfr. Nn. 101-104).
APÉNDICE II
Sagrada Congregación para la
Disciplina de los Sacramentos
INSTRUCCIÓN “IMMENSÆ CARITATIS”
PARA FACILITAR LA COMUNIÓN SACRAMENTAL
EN ALGUNAS CIRCUNSTANCIAS
El testamento de infinita caridad que Cristo, el Señor, dejó
a su esposa, la Iglesia, es decir, el don inefable de la Eucaristía,
el mayor de todos, exige un conocimiento cada día más profundo
de tan gran misterio y una participación más plena de su eficacia
salvadora.
A este fin de la Iglesia, movida por su celo y solicitud pastorales, para
fomentar la devoción a la Eucaristía, cumbre y centro del culto
cristiano, ha promulgado en más de una ocasión normas oportunas
e instrucciones apropiadas.
Con todo, las circunstancias de nuestro tiempo parecen aconsejar que, dejando
siempre a salvo el máximo respeto debido a tan gran sacramento[44],
se den mayores facilidades para acercarse a la sagrada Comunión, con
el fin de que los fieles, participando con mayor plenitud en los frutos del
sacrificio de la Misa, se entreguen con mayor generosidad y celo a Dios y
al bien de la Iglesia y de los hombres.
En primer lugar, hay que procurar que, por la escasez de ministros, no resulte
imposible ni difícil recibir la sagrada Comunión. En segundo
lugar, que los enfermos no se vean privados del gran consuelo espiritual
de la sagrada Comunión, por no poder observar la ley del ayuno, aunque
ya muy mitigada. Finalmente, parece conveniente que en algunas circunstancias
se permita, a los fieles que lo pidan, recibir lícitamente la Comunión
sacramental por dos veces en el mismo día.
Por lo tanto, acogiendo favorablemente los deseos manifestados por algunas
Conferencias Episcopales, se establecen las siguientes normas, relativas
a los puntos siguientes:
1.Los ministros extraordinarios para la distribución de la sagrada
Comunión.
2.Facultades más amplias para comulgar dos veces al día.
3.La mitigación del ayuno eucarístico en favor de los enfermos
y los ancianos.
4.La devoción y reverencia debidas al santísimo Sacramento,
cuando el Pan eucarístico se deposita en las manos de los fieles.
MINISTROS EXTRAORDINARIOS
DE LA SAGRADA COMUNIÓN
Las circunstancias en que se constata que es insuficiente el número
de ministros para distribuir la sagrada Comunión son varias:
-
Dentro de la Misa, por la gran afluencia de fieles o por una dificultad peculiar
del celebrante.
-
Fuera de la Misa, cuando las distancias hacen difícil llevar las sagradas
especies, sobre todo en forma de Viático, a los enfermos en peligro
de muerte, y también cuando el gran número de enfermos, sobre
todo en hospitales o instituciones similares, exige bastantes ministros.
Por lo tanto, para que no queden sin ayuda y el consuelo de este Sacramento,
los fieles que,, en estado de gracia y con recta y piadosa intención,
desean tomar parte en el banquete sagrado, el Sumo Pontífice ha considerado
oportuno instituir unos ministros extraordinarios, que puedan administrar
la sagrada Comunión tanto a sí mismos como a los demás
fieles, con las siguientes condiciones precisas:
I.Los Ordinarios del lugar tienen facultad para permitir a personas idóneas,
elegidas individualmente como ministros extraordinarios, en casos concretos,
o también por un período de tiempo determinado, o, en caso
de necesidad, de modo permanente, que se administren a sí mismas el
pan celestial, lo distribuyan a los demás fieles y lo lleven a los
enfermos en sus casas, esto se permite cuando:
a)Falten el sacerdote, el diácono y el acólito.
b)Los mismos se hallen impedidos para distribuir la sagrada Comunión
a causa de otro ministerio pastoral, por enfermedad o por motivo de su edad
avanzada.
c)El número de fieles que desean acercarse a la sagrada Comunión
sea tan grande que se prolongaría demasiado la celebración
de la Misa o la distribución de la Comunión fuera de la Misa.
II.Los ministros Ordinarios del lugar tienen facultad para permitir que los
sacerdotes que ejercen el sagrado ministerio puedan designar una persona
idónea que, en caso de verdadera necesidad, distribuya la sagrada
Comunión “ad actum”.
III.Los Ordinarios del lugar podrán delegar esta facultad en sus obispos
auxiliares, vicarios episcopales y delegados episcopales.
IV.La designación de la persona idónea, de que se habla en
los números I y II, se hará temiendo presente el siguiente
orden, que puede ser cambiado, sin embargo, según el prudente parecer
del Ordinario del lugar: lector alumno de Seminario mayor, religioso, religiosa,
catequista, fiel varón o mujer.
V.En los oratorios de comunidades religiosas de ambos sexos, el encargo de
distribuir la sagrada Comunión en las circunstancias enumeradas en
el número I puede confiarse obviamente al superior que carezca del
Orden sagrado, o a la superiora, o a sus respectivos vicarios.
VI.Si se dispone de tiempo suficiente, conviene que la persona idónea
escogida individualmente por el Ordinario del lugar para la distribución
de la sagrada Comunión, y la persona delegada para el mismo fin por
el sacerdote que tenga facultad, conforme a lo dicho en el número
II, reciban el mandato de acuerdo con el rito anexo a esta Instrucción,
y que distribuyan la sagrada Comunión ateniéndose a las normas
litúrgicas.
Como estas facultades han sido concebidas únicamente para el bien
espiritual de los fieles y pensando en casos de verdadera necesidad, tengan
presente los sacerdotes que tales facultades no los eximen de deber distribuir
la divina Eucaristía a los fieles legítimamente la pidan, y
en modo particular de llevarla y darla a los enfermos.
El fiel legítimamente designado ministro extraordinario de la sagrada
Comunión deberá distinguirse por su vida cristiana, por su
fe y sus buenas costumbres. Se esforzará por ser digno de este nobilísimo
encargo, cultivará la devoción a la sagrada Eucaristía
y dará ejemplo a los demás fieles y devoción y respeto
al augusto Sacramento del altar. No será elegido alguien cuya designación
pueda causar sorpresa a los fieles.
AMPLIACIÓN DE LA FACULTAD PARA COMULGAR
DOS VECES EN EL MISMO DÍA
Según la disciplina vigente, los fieles pueden acercarse a la sagrada
Comunión por segunda vez en el mismo día:
-
En la tarde de un sábado o de la víspera de un día de
precepto, si quiere cumplir con la obligación de participar en la
Misa, aunque hayan comulgado ya por la mañana[45].
-
En la segunda Misa del domingo de Pascua, o en una de las Misas que se celebra
el día de Navidad, aunque hayan comulgado en la Misa de la Vigilia
pascual y en la Misa de medianoche de Navidad, respectivamente[46].
-
Igualmente en la Misa vespertina de la Cena del Señor del Jueves Santo,
aunque hayan comulgado también en la Misa Crismal[47].
Pero como, además de las circunstancias enumeradas, hay otras similares
que invitan a comulgar por segunda vez, se hace necesario determinar ahora
con mayor precisión las razones de la nueva facultad que se concede.
La norma, que por tradición secular adoptó la Iglesia, madre
providentísima, e introdujo en la legislación canónica,
en virtud de la cual los fieles pueden acercarse a la sagrada mesa una sola
vez al día, se mantiene en toda su integridad y no se permite abandonarla
por motivos de sola devoción. A un irreflexivo deseo de recibir otra
vez la Comunión se debe contraponer la razón de que tanto mayor
será la eficacia del Sacramento para alimentar, corroborar y expresar
la fe, la caridad, y las demás virtudes, cuanto más devotamente
se acerque el fiel a la sagrada mesa[48]. Por lo tanto, conviene que los
fieles pasen de la celebración litúrgica a las obras de caridad,
piedad y apostolado para “demostrar con su conducta y su vida lo que han
recibido por la fe y el Sacramento”[49].
Pueden presentarse, sin embargo, circunstancias especiales en las que los
fieles, tanto los que ya recibieron ese mismo día la sagrada Comunión
como los mismos sacerdotes que han celebrado ya la Misa, participen después
en una celebración comunitaria. A todos ellos les será permitido
recibir por segunda vez la sagrada Comunión en los casos siguientes:
1.En las Misas rituales en las que se administran los sacramentos del Bautismo,
Confirmación, Unción de los enfermos, Sagradas de órdenes,
Matrimonio, y en la Misa en que se da la Primera Comunión[50].
2.En las Misas celebradas para la consagración de una iglesia o de
un altar, para la profesión religiosa y para la colación de
una “misión canónica”.
3.En las siguientes Misas de difuntos: de exequias, después de recibida
la noticia de la muerte, en la sepultura definitiva y del primer aniversario.
4.Durante la Misa principal celebrada en la iglesia catedral o parroquial
en la solemnidad del Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo y en el día
de la visita pastoral; en la Misa celebrada por el superior mayor religioso
con ocasión de la visita canónica, de encuentros especiales
o de Capítulos.
5.Durante la Misa principal de un congreso eucarístico o mariano,
ya sea internacional o nacional, regional o diocesano.
6.Durante la Misa principal de una reunión, de una peregrinación
o de una predicación popular.
7.En la administración del Viático, en la cual se puede dar
la Comunión a los familiares y amigos del enfermo que se hallen presentes.
8.Además de los casos mencionados, los Ordinarios del lugar pueden
conceder “ad actum” la facultad de recibir la sagrada Comunión dos
veces en el mismo día cuando por circunstancias verdaderamente especiales
lo crean justificado, según las normas de esta Instrucción.
MITIGACIÓN DEL AYUNO EUCARÍSTICO
EN FAVOR DE LOS ENFERMOS Y ANCIANOS
Ante todo sigue firme y estable la norma según la cual el fiel a quien
se administra el Viático en peligro de muerte no está obligado
a ninguna ley sobre ayuno[51]. Asimismo, continúa en vigor la facultad
concedida por Pío XII, en virtud de la cual “los enfermos, aunque
no guarden cama, pueden tomar sin límite de tiempo bebidas no alcohólicas
y también medicinas, líquidas o sólidas, antes de la
celebración de la Misa o de recibir la Eucaristía”[52].
En cuanto a los alimentos y bebidas tomados a modo de nutrición, existe
la tradición venerable según la cual la Eucaristía,
como dice Tertuliano, se había de recibir “antes de cualquier otro
alimento”[53] para poner de relieve la excelencia del alimento sacramental.
Antes de recibir la sagrada Eucaristía es aconsejable recogerse por
algún tiempo en silencio y meditación, reconociendo así
la dignidad del sacramento y fomentando el gozo por la venida del Señor.
Y por l que se refiere a los enfermos, será señal suficiente
de su devoción y respeto dedicar un breve tiempo a preparar su alma
a tan profundo misterio. El tiempo para guardar el ayuno eucarístico,
es decir, para abstenerse de alimentos o de bebidas alcohólicas, queda
reducido a un cuarto de hora, poco más o menos, en favor de:
1)Los enfermos en centros sanitarios o en sus propias casas, aunque no guarden
cama.
2)Los fieles en edad avanzada, tanto los que se ven obligados a permanecer
dentro de casa por razón de su vejez como los que están internados
en centros geriátricos.
3)Los sacerdotes enfermos, aunque no guarden cama, o los de edad avanzada
que van a celebrar Misa o a recibir la sagrada Comunión.
4)Las personas que cuidan a los enfermos o ancianos y sus familiares que
deseen recibir, junto con ellos, la sagrada Eucaristía, cuando no
puedan guardar el ayuno de una hora sin una cierta dificultad.
DEVOCIÓN Y RESPETO DEBIDOS AL SANTÍSIMO SACRAMENTO
CUANDO EL PAN EUCARISTÍCO
SE DISTRIBUYE A LOS FIELES EN LA MANO
Desde la publicación de la Instrucción Memoriable
Domini, hace tres años, algunas Conferencias Episcopales han obtenido
de la Santa sede la facultad de permitir a los ministros de las agrada Comunión
depositar las Especies eucarísticas, al distribuirlas, en las manos
de los fieles. Como recuerda la misma Instrucción, “las normas de
la Iglesia y los documentos patrísticos ofrecen abundantes testimonios
sobre el máximo respeto y la suma prudencia con que la sagrada Eucaristía
ha sido tratada” y debe seguir siéndolo[54]Por lo tanto, sobre todo
en esta forma de comulgar, se han de tener bien presentes algunas cosas que
la misma experiencia aconseja.
Cuando la sagrada Especie se deposita en las manos del comulgante, tanto
el ministro como el fiel pongan sumo cuidado y atención a los fragmentos
que pueden desprenderse de las hostias.
La práctica de la sagrada Comunión en la mano
de los fieles debe ir acompañada, necesariamente, de la oportuna instrucción
o catequesis sobre la doctrina católica acerca de la presencia real
y permanente de Jesucristo bajo las Especies eucarísticas y del respeto
debido al Sacramento[55].
Hay que enseñar a los fieles que Jesucristo es el Señor
y el Salvador, y que a él, presente bajo las Especies sacramentales,
se le debe el mismo culto de la latría o adoración que se da
a Dios. Se advertirá también a los fieles que, después
del banquete eucarístico, no descuiden una sincera y oportuna acción
de gracias de acuerdo con la capacidad, estado y ocupación de cada
una[56].
Finalmente, para que la participación es esta mesa celeste
sea plenamente digna y fructífera, se deben explicar a los fieles
los bienes y frutos que se derivan de ella para los individuos y para la
sociedad, de modo que la habitual familiaridad con el Sacramento demuestre
el máximo respeto, alimente el íntimo amor al Padre de familia,
que procura “el pan de cada día”[57], y conduzca a una viva unión
con Cristo, de cuya Carne y Sangre participamos[58]. El Sumo Pontífice
Pablo VI se ha dignado aprobar y confirmar con su propia autoridad la presente
Instrucción y ha mandado publicarla estableciendo que entre en vigor
el día mismo de su publicación.
Roma, la Sede de la Sagrada Congregación para la Disciplina de los
Sacramentos, a 29 de enero de 1973.
A. CARD. SAMORÉ
Prefecto
G. CASORIA
Secretario
[1] Cincilio Vaticano II, Decreto Prebyterorum ordinis, sobre el ministerio
y la vida de los presbíteros, n. 5
[2] Sagrada Congregación de Ritos, Eucharisticum mysterium, n. 3,
e: AAS 59 (1967), p. 542.
[3] Ibid., n.3, b:loc. cit., p. 541; PabloVI, Carta encíclica Mysterium
fidei, prope finem: AAS 57 (1965), p. 771
[4] Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 3 f: AAS 59 (1967), p. 543
[5] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Isnstrucción Eucharisticum
mysterium, n. 3, g: AAS 59 (1967), p. 543.
[6] Cfr. Ibid., n. 49: los. Cit., pp. 566-567.
[7] Pablo VI, Carta encíclica Mysterium fidei: AAS 57 (1965), p. 764;
Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 9: AAS 59 (1967), p. 547.
[8] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 55: AAS 59 (1967), pp. 568-569.
[9] Cfr. Institución general del Misal Romano, nn. 285 y 292.
[10] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 51: AAS 59 (1967), p. 567; Código de Derecho Canónico,
can. 937.
[11] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, nn. 52-53: AAS 59 (1967), pp. 567-568; Código de Derecho
Canónico, can. 938.
[12] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 57: AAS 59 (1967), p. 569; Código de Derecho Canónico,
can. 940.
[13] N. 63, b.
[14] Cfr. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium,
sobre la sagrada liturgia, n. 55.
[15] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 33, a: AAS 59 (1967), pp. 559-560.
[16] Cfr. Ibid., nn. 40-41: loc. cit., pp. 562-563.
[17] Ibid., n. 3, a: loc. cit., pp. 541-542.
[18] Cfr. Missale Romanum, edic, típica 1979: Misa vespertina de la
Cena del Señor, p. 243; Celebración de la Pasión del
Señor, p. 250, n.2; Sábado Santo, p. 265.
[19]Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 31: AAS 59 (1967), pp. 557-558.
[20] Cfr. PABLO VI, Carta
[21] Cfr. Sagrada Congregación de la Disciplina de los Sacramentos,
Instrucción Immensæ caritatis, del 29 de enero de 1973, 1, I
y II: AAS 65 (1973), pp. 265-266.
[22] Cfr. Institución general del Misal Romano, n. 269.
[23] Cfr. Sagrada Congregación para el Culto Divino, Instrucción
Memoriale Domini, del 29 de mayo de 1969: AAS 61 (1969), pp. 541-545.
[24] Sagrada Congregación de la Disciplina de los Sacramentos, Instrucción
Immensæ caritatis, del 29 de enero de 1973,n. 4: AAS 65 (1973), p.
270.
[25] Cfr. Institución general del Misal Romano, n. 242; Sagrada Congregación
para el Culto Divino, Instrucción Sacramentali Communione, n. 6, del
29 de junio de 1970: AAS 62 (1970), pp. 665-666.
[26] Cfr. Concilio Tridentino, Sesión XIII, Decretum de Eucjaritia,
7: DS 1646-1647; ibid., Sesión XIV Canones de sacramento Pænitentiæ,
9: DS 1709; Sagrada congregación para la Doctrina de la Fe, Normæ
pastorales circa absolutionem sacramentalem generali modo impertiendam, del
16 de junio de 1972, proemio y n. VI: AAS 64 (1972), pp. 510 y 512.
[27] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 35: AAS 59 (1967), p. 561.
[28] [28] Cfr. Sagrada Congregación de la Disciplina de los Sacramentos,
Instrucción Immensæ caritatis, del 29 de enero de 1973, n. 3:
AAS 65 (1973), pp. 269.
[29] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 38: AAS 59 (1967), p. 562.
[30] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 58: AAS 59 (1967), p. 569.
[31] Cfr. Ibid., n. 50: loc. cit., p. 567.
[32] Cfr. Ibid., n. 13: loc. cit., p. 549.
[33] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 60: AAS 59 (1967), p. 570.
[34] Cfr. Ibid., n. 61: loc. cit., pp. 570-571.
[35] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 63: AAS 59 (1967), p. 571.
[36] Cfr. Ibid., n. 64: loc. cit., p. 572.
[37] Cfr. Ibid., n. 65: loc. cit., p. 572.
[38] Cfr. Ibid., n. 66: loc. cit., p. 572.
[39] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 59: AAS 59 (1967), p. 570.
[40] Cfr. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium,
sobre la sagrada liturgia, nn. 41-52; Constitución dogmática
Lumen Gentium, sobre la Iglesia, n. 26.
[41] Cfr. Hech 4, 32.
[42] Cfr. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium,
sobre la sagrada liturgia, n. 47; Decreto Unitatis redintegratio, sobre el
ecumenismo, n. 15.
[43] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, n. 67: AAS 59 (1967), p. 570.
[44] Concilio Tridentino, Sesión XIII, Decretum de SS. EucharistiæSacramento,
cap. 7: DS880 (1646-1647) : “Si es indecoroso tomar parte en cualquier función
sagrada cuando no se hace santamente, es claro que cuanto más consciente
es un cristiano de la santidad y divinidad de este Sacramento celeste, tanto
más deberá estar atento a no acercarse a él sin una
reverencia y santidad; especialmente cuando se leen en el Apóstol
aquellas tremendas palabras: “Quien come y bebe sin discernir el cuerpo,
come y bebe su propio castigo” (1 Cor 11, 29). Por lo tanto, hay que recordar
el mandamiento del mismo Apóstol, al que desea comulgar: “examínese
cada cual” (1 Cor 11, 28). Por lo demás, la costumbre eclesiástica
confirma que tal examen es necesario para que nadie que tenga conciencia
de pecado mortal, por más que crea estar arrepentido, deba acercarse
a la sagrada Eucaristía sin haberse confesado previamente. Este santo
Sínodo ha decretado que tal norma ha de ser observada por todos los
cristianos sin excluir a los sacerdotes a quienes incumbe el deber de celebrar,
a menos que no pueda encontrarse un confesor; y si el sacerdote ha celebrado
por necesidad urgente sin haber hecho antes la necesaria confesión,
deberá confesarse lo antes posible”. Sagrada Congregación del
Concilio, Decreto Sacra Tridentina Synodus, de 20 de diciembre de 1905: AAS
38 (1905-1906), pp. 400-406; Sagrada Congregación para la doctrina
de la Fe, Normæpastorales circa absolutionem sacramentalem generali
modo impertiendam, de 31 de julio de 1972, norma I: AAS 64 (1972), p. 511.
[45] Cfr. Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, de 25 de mayo de 1967, n. 28: AAS 59 (1967), p. 557.
[46] Cfr. Ibid.
[47] Cfr. Ibid; Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción
Inter Œcumenici, de 26 de septiembre de 1964, n. 60: AAS 56 (1964), p. 891;
Instrucción Tres abhinc annos, de 4 de mayo de 1967, n. 14: AAS 59
(1967), p. 445.
[48] Cfr. STO. TOMÁS, Summa Theologica, III, q. 79, a. 7 ad 3 y a.
8 ad 1.
[49] Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción Eucharisticum
mysterium, de 25 de mayo de 1967, n. 13: AAS 59 (1967), p. 549.
[50] Cfr. Institución general del Misal Romano, n. 329, a.
[51] Cfr. Código de Derecho Canónico, can. 858 § 1.
[52] “Motu Proprio” Sacram Communionem, de 19 de marzo de 1957, n. 4: AAS
49 (1957), p. 178.
[53] Ad uxorem, 2, 5: PL 1, 1408.
[54] Sagrada Congregación para el Culto Divino, Instrucción
Memoriale Domini, de 29 de mayo de1969: AAS 31 (1969), p. 542.
[55] Cfr. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium,
sobre la sagrada liturgia, n. 7; Sagrada Congregación de Ritos, Instrucción
Eucharisticum mysterium, de 25 de mayo de 1967, n. 9: AAS 59 (1967), p. 547;
Sagrada Congregación para el Culto Divino, Instrucción Memoriable
Domini, de 29 de mayo de 1969, donde se lee: “… con la condición de
prevenir todo peligro de que penetren en los espiritus la falta
[56] PABLO VI, Discurso ad membra Concilii eucharisticiss ex ómnibus
Nationibus conventibus moderandis habita: AAS 64 (1972), p. 287.
[57] Lc 11, 3.
[58] Cfr.. Hbr 2, 14.