¿QUÉ ES LA LITURGIA?
La palabra Liturgia viene
del griego (leitourgia) y quiere decir "serico público", generalmente
ofrecido por un individuo a la comunidad.
Hoy se usa para designar todo el conjunto de la oración
pública de la Iglesia y de la celebración sacramental. El Concilio
Vaticano II en la "Constitución sobre la Liturgia" nos presenta un
tratado amplio, profundo y pastoral sobre el tema. Citamos algunos conceptos
para darnos una idea de lo importante que es vivir la Liturgia, si queremos
enriquecemos de los dones que proceden de la acción redentora de Nuestro
Señor.
"La liturgia es el ejercicio del sacerdocio de Jesucristo. En
ella, los signos sensibles significan y cada uno a su manera realizan la
santificación del hombre, y así el Cuerpo místico de
Jesucristo, es decir, la Cabeza y sus miembros, ejerce el culto público
íntegro. En consecuencia, toda celebración litúrgica,
por ser obra de Cristo sacerdote y de su cuerpo, que es la Iglesia, es acción
sagrada por excelencia, cuya eficacia, no la iguala ninguna otra acción
de la Iglesia" (SC 7).
En esta amplia descripción encontramos lo que es realmente
la Liturgia. Señalamos que:
1.-Es el ejercicio del sacerdocio de Cristo. Es decir, en la
Liturgia, Cristo actúa como sacerdote, ofreciéndose al Padre,
para la salvación de los hombres.
2.-Los signos sensibles realizan la santificación de
los hombres en lo que quieren decir. Por ejemplo, el agua en el Bautismo
significa y realiza la purificacion y es principio de vida; el pan en la
Eucaristía alimenta el espíritu del hombre.
3.-En la acción litúrgica, Cristo y los cristianos,
que forman el Cuerpo Místico, ejercen el culto público.
4.-Es la acción sagrada por excelencia, que ninguna oración
o acción humana puede igualar por ser obra de Cristo y de toda su
Iglesia y no de una persona o un grupo.
Para asimilar mejor los conceptos que nos revelan la importancia
de la liturgia, citamos otros textos del Concilio: "La liturgia es la cumbre
a la que tiende la actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente
de donde mana toda su fuerza".
"...de la Liturgia, sobre todo de la Eucaristía, mana
hacia nosotros la gracia como de su fuente y se obriene con la máxima
eficacia aquella santificación de los hombres en Cristo y aquella
glorificación de Dios, a la cual las demás obras de la Iglesia
tienden como a su fin" (Sc 10).
Las tres condiciones que exige toda acción litúrgica
son:
1.-Que sea ofrecida en nombre de la Iglesia, y por lo tanto
según la concepción que tiene la Iglesia al respecto.
2.-Que la ofrezcan personas legítimamente designadas.
3.-Que los actos que se usan deben ser aprobados por la autoridad
de la Iglesia.
El Derecho canónico nos dice quiénes son las personas
legítimamente dsignadas:
"Ejercen en primer término la función de santificar
los Obispos, que al tener la plenitud del sacerdocio, son los principales
dispensadores de los misterios de Dios y, en la Iglesia a ellos encomendada,
los moderadores, promotores y custodios de toda la vida litúrgica"
(835 & 1).
En este primer párrafo del canon queda asentada la plenitud
del sacerdocio de los Obispos y su atoridad en toda la diócesis a
ellos encomendada.
"También la ejercen los presbíteros, quienes participando
del sacerdocio de Cristo, como ministros suyos, se consagran a la clebración
del culto divino y a la santificación del pueblo bajo la autoridad
del Obispo" (835 & 2).
Mientras que el primer párrafo nos reportaba el número
26 de la Constitución Conciliar Lumen Gentium, este segundo párrafo
nos presenta el texto de la misma Constitución que está en
el número 28.
"En la celebración del culto divino los diáconos
actúan según las disposiciones del derecho" (835 & 3).
Conviene conocer estas disposiciones para tener una ida clara
de la misión del diácono. Este recibe la imposición
de manos no en orden al sacerdocio, sino en orden al ministerio. Los cánones
del Derecho Canónico que tratan de la capacidad ministerial del diácono
son: 861, 910,. 911, 1108, 112. Pero en la misma constitución conciliar
citada encontramos la síntesis de estás cánones:
"Es oficio propio del diácono, según le fuere
asignado por la autoridad competente, administrar solemnemente el bautismo,
reservar y distribuir la Eucaristía, asisitir al matrimonio y bendecirlo
en nombre de la Iglesia, llevar el viático a los moribundos, leer
la Sagrada scritura a los fieles, instruir y exhortar al pueblo, presidir
el culto y oración de los fieles, administrar los sacramentales, presidir
el rito de los funerales y sepultura" (LG 29).