HISTORIA DE LA IGLESIA

EPOCA MEDIEVAL

CUARTA PARTE: EL SIGLO XI

CAPITULO VII:

EL PAPA NICOLAS II

Y EL SINODO ROMANO DE 1059

   A1 morir el papa Esteban IX (Florencia, 29 de marzo 1058), los condes Tusculani, aprovecharon la ocasión para buscar su antigua posición en Roma e hicieron. elegir a Juan, obispo de Velletri que tomó el nombre de Benedicto X. Esta elección de por si no se volvía contra la reforma, pero no encontró apoyo. La monarquía alemana no había participado y Pierdamiani rechazó entronizar al nuevo papa: acto que estaba reservado al obispo de Ostia (y él era el card. obispo de Ostia). En este caso la entronización la hizo un simple sacerdote.

   Los reformadores, reunidos en Siena, eligieron al obispo de Florencia, Gerardo, originario de Borgoña, el que tomó el nombre de Nicolás II (10591061); tal vez tomo el nombre de Nicolás por el santo del día de elección (6 de diciembre); o tal vez hacía referencia al papa Nicolás I (que había luchado con rigor para afirmar el primado jurisdiccional del papa en el siglo IX). Detrás de aquella elección estaba también el duque Gofredo el barbudo de Toscana. Se cree oportuno pedir el consentimiento de la corte imperial (en Alemania). Con la ayuda de Gofredo, Nicolás II pudo entrar en Roma, en enero de 1059, después que huyó Benedicto X.

   Fue un breve pontificado, que dejó sin embargo trazas durables en dos campos: 1) decisiones del sínodo romano de 1059 (sobre la simonía y sobre el modo de elegir papa). 2) Este pontificado tiene un cambio de la política papal frente a los normandos. Sínodo lateranense de Pascua (1059). Manifestó el programa del papa y las decisiones se encuentran en dos textos : La encíclica Vigilantia universalis y el decreto sinodal sobre la elección papal. La encíclica tiene dos decisiones muy importantes: la lucha contra el nicolaísmo llega con esta encíclica a un nuevo nivel. Es la primera vez que el programa de la reforma gregoriana respecto a la vida del clero alcanza una formulación canónica inconfundible. Los laicos no puede acudir a misa con tales personas. El sínodo propone a todos los clérigos la vida en común. Una parte esencial de esta decisión es esta : "Ninguno oirá la misa celebrada por un sacerdote del que se sabe que convive con una concubina o una mujer clandestina. El santo Concilio, en efecto, bajo pena de excomunión, ha decidido en modo concreto sobre la castidad de los sacerdotes (del SS papa León IX, de grata memoria), que todo sacerdote, diácono, subdiácono, que tome públicamente una concubina o no abandone a aquella con la que vive, no pueda por voluntad de Dios de los santos apóstoles Pedro y Pablo y por nuestra orden formal, ni cantar en la misa, ni leer el evangelio ni la epístola, ni asistir al coro para el oficio divino..

   Una segunda decisión: la simonía.  Canon 6 : "Ningún clérigo sacerdote puede recibir de ningún modo de parte de los laicos una iglesia, ni gratuitamente, ni habiendo pagado". Aquí se encuentra en este canon una extensión del concepto de simonía :."Ni siquiera gratuitamente.. Esta decisión, muy discutida en los últimos años. De dónde viene esta nueva rigidez. Se hace una relación con el tratado de Humberto de Silvacandida Adversus simoníacos y según un autor: Humberto ha escrito este tratado precisamente en el año 1059 en vista del sínodo Lateranense. Luego se trataría de la aplicación del concepto de simonía mas amplio, más radical, que el decreto sinodal romano. Es más difícil establecer la extensión del canon. ¿A qué se refiere concretamente? Antes todos eran de la opinión que se trataba de un primer caso de prohibición de investidura laica, incluido también. el rey.

   Hoy, después de los estudios de Rudolf Schiffer (1981), se piensa más bien en una prohibición de investidura de iglesias menores: sobre todo parroquias, de parte de los señores propietarios laicos (de iglesias privadas). En otras palabras: no se pensó en 1059 todavía en la investidura de los obispados por parte del emperador. El padre Kempf, en su recesión del libro de Schiffer, Annales Historiae Pontificiae (1982) dice que este canon es una primera prohibición de investidura. No es todavía una lex perfecta con sanciones, pero ciertamente una declaración programática de parte de los reformadores romanos, los cuales rechazaban la investidura laica de manera general, sin atacar todavía directamente la investidura regia. A lo mejor un intento, como se hace muchas veces en política, de ver las reacciones. Y si las reacciones son negativas, entonces los políticos dicen, no, esto no es lo que habíamos pensado. Tal vez en este sentido es como hay que interpretar este canon del sínodo.

    La segunda gran decisión del concilio Lateranense (1059): decreto sobre la elección de los papas. Este decreto es importante por diversos motivos. Hay 6 puntos que querría mencionar brevemente:

1.El decreto establece que la elección debe ser libre de toda interferencia de órganos externos al cuerpo electoral.

2.El decreto abolía, indirectamente, la prohibición a transferir a un obispo a la sede romana (esta famosa prohibición que incidió tanto en el caso de Formoso); y que ya desde antes no se tenía muy en cuenta. Tácitamente es abolida la prohibición.

3.En la elección la primera voz la tienen los cardenales obispos. E1 cuerpo electoral lo constituyen. sobre todos los cardenales.obispos. Y sólo después de ellos votan los otros cardenales. Y sólo los cardenales. Es una .miliario. en cuanto al colegio cardenalicio como el órgano dirigente de la iglesia romana.

4.El decreto redimensiona el influjo de la nobleza y del clero romano, de la iglesia local de Roma, a una pura aclamación. Despeja el camino hacia una autoridad universal de la iglesia romana, según la concepción de los reformadores. El papa es obispo de Roma, sólo en segundo lugar; primero es pastor universal.

5.El rol del rey alemán es definido de un modo, quizás velado a propósito y por eso debemos leer esta frase (línea 6) : .Salvo queda el debido honor y la reverencia hacia nuestro querido hijo Enrique, ora rey, y que se espera con la ayuda de Dios, futuro emperador como le hemos concedido. Y hacia los sucesores de él que personalmente invocarán el mismo privilegio a esta sede apostólica.. Como ven toda traducción es siempre una interpretación del texto latino: hoc jus (traduce: este privilegio) de por si significa derecho. Esta famosa frase se llama parágrafo del rey. Su interpretación es muy discutida. Es cierto que Nicolás II no quiso o no pudo olvidar derechos del rey de Alemania, en relación a la elección papal, que ya era entonces un costumbre plurisecular. No es mencionado que el rey tenga el derecho de designación. E1 texto permitía la continuación de la tradición anterior pero permitía un cambio. En fin el parágrafo en parte da una expectativa al rey Enrique IV para la dignidad imperial. Habla de una esperanza de llegar a ser emperador. Habla de una concesión papal: de poder participar en una elección pontificia.

6.Si en Roma la libertad de los cardenales electores era limitada, ellos podían proceder a una elección fuera de Roma. El papa así elegido y entronizado llegaba a ser inmediatamente el sucesor de san Pedro. Era un punto importantísimo porque en el medievo muchos papas fueron elegidos fuera de Roma. Este decreto de 1059 es un paso decisivo hacia una reestructuración y revalorización del colegio cardenalicio, como cuerpo encargado específicamente de la elección del papa. Siguiendo el ejemplo de la corte imperial de Constantinopla las reuniones oficiales del papa y de los cardenales comienzan a ser llamadas consistorio. Como dice Pierdamiano, el colegio de los cardenales llega a ser el senado del papa, con. funciones semejantes a aquellas del antiguo senado romano. Precisamente en. aquella época comienza el fenómeno que aumenta cada vez más en el medievo, imitación de la dignidad imperial de parte del papa. Los cardenales forman parte de aquel programa de imitación imperial de parte del papado.

   Cardinalis. Esta palabra ha recibido varias interpretaciones. Según un estudioso del derecho canónico: es un atributo para los obispos, sacerdotes y diáconos que prestan servicio en una iglesia a la cual han sido asignados, incardinados; sin embargo, para la cual no han sido ordenados. Recientemente otro autor de un Léxico alemán (1990), afirmaba que el título se refiere a todos aquellos que prestan servicio en una iglesia catedral. Esta interpretación parece correcta, porque hay clérigos con este título de cardenales (documentados) también fuera de Roma (Italia, Francia, Alemania, Inglaterra) y siempre celebran la liturgia en catedral episcopal. Luego, que tienen relación litúrgica con una catedral. El título cardenal refiere pertenecer al clero de catedral.

   En tiempos del papado reformado en Roma, los cardenales no tenían en primer lugar tareas litúrgicas, sino que estaban al servicio del papa; esto ya lo hemos visto en el caso de León IX. Los tres órdenes de cardenales son considerados como representantes del episcopado universal. La evolución del cardenalato terminó con Alejandro II (1061.1073): cardenales obispos; cardenales sacerdotes y cardenales diáconos. Los cardenales obispos existentes ya antes de la mitad del siglo XI (en los sínodos provinciales romanos, eran el grupo mas importante): eran los obispos de las siete (luego seis) diócesis del entorno de Roma (diócesis suburvicarias): Ostia, Albano, Palestrina, Porto, Silvacandida, Tusculo y Velletri (más tarde Sabina). Los cardenales presbíteros originalmente oficiaban en las cuatro basílicas patriarcales: S. Pedro, S. Lorenzo (fuera de los muros), San Pablo (fuera de los muros) y santa María la Mayor.

   En torno al 1100 eran 28 (7 para cada una de las basílicas). Los cardenales diáconos tenían igualmente tareas litúrgicas en las basílicas, sobre todo en la Lateranense. Los cardenales obispos tenían una especial relación con el Laterano. Los cardenales diáconos, en la iglesia antigua, tenían cargos de caridad. Pero luego se olvidaron estas tareas y quedaron sólo con tareas litúrgicas. E1 número compresivo de los cardenales fue fijado en torno al año 1100.1118. Sin deshacer el orden establecido el papa León IX llamó personas del extranjero a la cabeza de diócesis suburvicarias: Humberto de Silvacandida, por ejemplo.

   En seguida este decreto de 1059 tuvo dos importantes precisiones: el principio de la mayoría y segundo, la introducción del cónclave. A1 inicio no era fijo el criterio de la mayoría numérica, en el acto de la elección. Este criterio era desconocido por todo el alto medievo, como también por la regla de san Benito, que dice al respecto de la elección del abad (cap.64). .Sea nombrado aquél que resulte electo por toda la comunidad concorde en el amor de Dios, o también de una parte de la comunidad, aunque sea mínima, pero con un más sano juicio.. ¿Quién establece quien tenga el más sano juicio? Esta incerteza jurídica sobre la parte más sana condujo en el alto medievo a no pocas elecciones dobles de papas; porque naturalmente cada parte reclamaba el derecho del más sano juicio. La elección del célebre papa Alejandro III (11591181) Rolando Bandinelli, degeneró en una batalla en la basílica de san Pedro entre los mismos cardenales. Esta escena fue para el nuevo papa una advertencia. E1 concilio Lateranense del 1179 mandó que en el futuro la mayoría de 2/3 de los cardenales electores sería necesaria para una elección válida. Esta decisión daba óptimos resultados, mientras de la ley de 1059 hasta el concilio de 1179, había una docena de antipapas; tales elecciones dobles en los dos siglos sucesivos eran muy raras. Luego, el principio, de la mayoría.

   El segundo elemento que daría a la elección papal una consistencia en el cónclave.. El cónclave: el primero del que tenemos noticia, fue también el más duro para todos los participantes. A la muerte de Gregorio IX, verano de 1241. Reinó en Roma el senador Mateo Rosso, cabeza de la familia Orsini, amigo de san Francisco, pero un político sin escrúpulos. Para prevenir una intervención de parte del emperador Federico II, Mateo Rosso, de acuerdo con los ciudadanos romanos encerró a los diez cardenales electores en el Septisonio (edificio de Septimio Severo en el extremo sur del monte Palatino, destruido en 1589 por el papa Sixto, para llevarse el material y completar la capilla Sixtina de la Basílica de Santa María Mayor).

   Este senador los encerró en este edificio a fin de que decidieran independientemente de todo influencia exterior y no se sirvieran de su casa como de bases militares. Era un abuso notable pues la orden la daba un laico. Pero el senador, como sabemos por las descripciones realistas dejadas por los cronistas y confirmadas por una carta escrita por un grupo de cardenales desde Albano en noviembre de 1241. Dos de ellos murieron. Ni cuando alguno tenía necesidades personales podía quedar sólo. Y cuando los pobres prisioneros reposaban recibían sobre las cabezas, de parte de los encargados del cónclave, duchas frías y malolientes. Imposible tomar medicinas o tener la visita de un médico; prohibida la llegada de parientes y el apoyo del servicio de las familias y finalmente estaba prohibida la limpieza. Sin embargo el cónclave duró dos meses.

   Finalmente los cardenales se pusieron de acuerdo y fue elegido Celestino IV, el cual después de sólo 17 días murió. Posiblemente exhausto de estos malos tratos. Y desde entonces muchos cardenales, recordando lo que habían sufrido, sabiendo lo que les esperaba, huyeron de Roma sin dar, incluso, sepultura al papa muerto. Se dispersaron en los entornos de la ciudad. Una nueva elección no podía tener lugar en la ciudad, y la iglesia permaneció 18 meses sin pontífice, hasta el 1243 cuando fue elegido Inocencio IV. Este es el primer cónclave.

   El cónclave más largo, para el futuro el más importante fue aquel de Viterbo, después de la muerte de Clemente IV. Comienza al final 1268 y se alargó hasta1271. Casi tres años. Y después de un año, cuando todavía no se decidía nada, los ciudadanos de Viterbo pusieron muros en las puertas del palacio donde los cardenales se encontraban. Y finalmente la multitud llegó hasta su morada y quitó el techo para que les cayera la lluvia y los obligara a tomar una decisión. El problema era difícil, pues los cardenales, además de rivalidades personales, estaban en desacuerdo sobre el trato a Carlos I (de Angiu) rey de Sicilia, después de la caída de la casa sveva. Finalmente, el neoelecto, Gregorio X, para evitar el repetirse de tales cosas, en el segundo concilio de Lyon (1274) hizo establecer un reglamento rigurosísimo para la elección. Después de la muerte del papa, dentro de diez días, los cardenales deberían reunirse en el palacio pontificio.

   Después de aquel largo cónclave (1271) fue elegido Gregorio X (1271-76) (que no era cardenal), el cual para evitar otros cónclaves como éste, estableció, según el Concilio de Lyon (1274), un reglamento rigurosísimo para la elección papal. Establece los siguientes puntos: después de la muerte del papa, dentro de 10 días, los cardenales se reunirán en el palacio pontificio, acompañado cada uno de un solo doméstico, para no salir antes de haber dado un sucesor al muerto. En el interior, habrá un sólo cónclave en donde todos deben habitar en común. Un único lugar (estancia y por eso: cónclave). La puerta debe permanecer cerrada y ninguno debía abrirla bajo pena de excomunión. Si al final de tres días no se ha decidido la elección, los cardenales no tienen derecho de comer sino un plato al día, por cinco días; después de los cuales, serán puestos a pan y agua. Aparte de las restricciones de comida estas normas del 1274 son substancialmente hasta hoy las mismas.

   La segunda profunda huella de Nicolás II: cambio de la política frente a los normandos, que no es sólo un hecho de historia profana o historia italiana, sino que tiene repercusiones con la historia de la iglesia en general. Hasta ese momento los papas habían seguido una política antinormanda: el papa León IX había sido vencido y capturado por los normandos. Después de la muerte de Enrique III, los papas debían darse cuenta que ningún emperador podía protegerlos delante de los normandos; ni alemán, ni bizantino. Así, Nicolás II decidió concluir con ellos uno tratado; algo que en efecto ellos deseaban. Su política sobre los papas era también una presión sobre ellos para que hicieran pactos entre ambos.

   Un primer motivo para Nicolás II era obtener apoyo contra el antipapa Benedicto X, elegido por la nobleza romana. Un segundo motivo era: la independencia del papado reformado por medio de una alianza estable con los normandos. Asegurar aquella independencia del papado. Probablemente ha sido Ildebrando el encargado de hacer esos pactos. El resultado de un sínodo en Selfi, 23 de agosto de 1059, Nicolás II aceptó la oferta de los dos príncipes normandos Ricardo de Aversa y Roberto Guiscardo, de que el papa fuera su señor feudal. Nicolás II aceptó y dio en feudo a Ricardo el principado de Capua; Roberto con Apulia, Calabria, y Sleilia (todavía por conquistar), en ese momento estaba en manos de los sarracenos. Los dos normandos prestaron juramento de fidelidad al papa: Roberto, el personaje más importante, juró proteger la persona y el status del papa y de ayudar a la Santa Iglesia Romana dondequiera, y contra todos los que quisieran atentar contra la propiedad de san Pedro. Nominalmente el señor feudal de estos normandos era san Pedro y, de hecho el papa; el que por primera vez aparece con vestido de feudatario.

   La acción del papa se explica si uno piensa en la donación de Constantino. Según este famoso falso, el emperador Constantino habría regalado al papa Silvestre: Italia y grandes posesiones en todo el occidente; Italia meridional era parte de esta donación. Para los normandos era muy ventajoso ser vasallos del papa; eran una legitimación de sus conquistas en el sur y una base jurídica para decisiones futuras; para el papado, los normandos se convirtieron en una nueva fuerza de protección. Ahora los papas tenían dos protectores vecinos: al norte, el margravio de Toscana y al sur, los normandos como vasallos. Gofredo el barbudo no era vasallo del papa, sino un amigo, pero era considerado protector.

   De hecho, gracias a la ayuda de Ricardo de Aversa, Benedicto X fue arrestado después de su fuga de Roma. El resultado fue luego visible en este pacto. El segundo punto de aquel tratado de Melfi: los normandos prometieron apoyar la nueva forma de elección del papa. Sostendrían al papa elegido por los meliores cardinales. No se especificaba qué significaba eso: simplemente la mayoría, o simplemente la parte más sana (pars sanior). De hecho, como este problema todavía no estaba resuelto (sino que se resolverá mucho más tarde),dependía en el futuro (al menos por un cierto periodo) también de los normandos qué papa se podía afirmar.

   Este reconocimiento de los normandos no se había hecho como un enfrentamiento con el imperio; sin embargo la corte imperial desaprobó este proceder y no recibió al delegado, el cardenal Esteban. Ciertamente era una señal de la creciente independencia del papado reformado, respecto a la corte imperial. Las consecuencias prácticas se mostrarían muy pronto, después de la muerte de Nicolás II. En el cisma que siguió, se manifestó por primera vez, el conflicto entre papado reformado y monarquía alemana. El partido reformador, dirigido por el archidiacono Ildebrando, y protegido por el príncipe de Capua (Ricardo de Aversa), escogió como sucesor al obispo Anselmo de Lucca con el nombre de Alejandro II (1061.73), el segundo grande papa de esta segunda fase,(después de Nicolás II),cuyo sucesor será Gregorio VII: tres papas en línea ascendente, siempre más importantes para la reforma gregoriana.

   La cláusula del decreto de 1059 que hemos leído, no fue observada, pero se había observado el juramento vasallático de los normandos: 1 oct.1061. Mientras la nobleza romana se había vuelto a la corte imperial, nombrando al joven Enrique IV, patritius (aquel titulo que ya había tomado Enrique III; así la nobleza participaba en aquel acto pluriforme de la elección ). Además se esperaba, del modo tradicional, una designación de parte del emperador. La elección no del todo regular, indujo a una parte del episcopado lombardo a asociarse a los romanos: eran 109 tradicionalistas.

   Un sínodo de obispos lombardos, junto con representantes romanos eligió en Basilea el 28 de octubre (1061) al obispo Cadano de Parma como papa Honorio II. Hay que darse cuenta de los partidos que aparecieron en este momento: Enrique IV, pretendiente a la dignidad imperial, en lucha contra el papado reformado; Enrique IV aliado con la nobleza romana, a la cual Enrique III había arrancado la elección del papa. Honorio II buscó imponerse como papa con la ayuda de medios militares pero resultó evidente que no era posible plegar con las armas al papado reformado sostenido no sólo por el nuevo colegio cardenalicio, por los normandos junto con el duque Gofredo el barbudo (Toscana); ahora ya reconocido por todos los sectores reformadores de la Iglesia. Este deseo de reforma había incluso llegado a Alemania.

   El Arz. Anone de Colonia era un apoyo para los reformistas y desde 1062 era regente en el nombre del joven emperador Enrique IV. E1 Arz. Anone se pronunció en favor de Alejandro II. El cardenal Pierdamiano había obtenido de Anone el consentimiento para la convocación de un sínodo para poner fin al cisma. Dado el contexto es claro que se trataría de un sínodo papal bajo la presidencia de Alejandro II, pero prácticamente en otoño de 1062, ya todo estaba decidido en favor de Alejandro II. En el fondo tal  sínodo ya era superfluo (al menos según la opinión de los reformadores radicales). Cuando en la primavera de 1062 se reunió el sínodo en Mantua Alejandro tomó la guía. Después de haber declarado que su elección había sido de manera legítima, fue confirmada por unanimidad la condena del antipapa (Cadano) Honorio II, el cual se retiró a su diócesis.

   Con Alejandro II el papado pudo aumentar notablemente su influjo en toda Europa. Y esto es interesante: ver cómo poco a poco el papado extiende su esfera de influencia más allá de Italia; más allá del imperio; en otros países, donde el emperador era conocido sólo por nombre, pero que no tenía ningún influjo directo.

  En España, en la iglesia Aragonesa, Alejandro II, por medio de la legación del cardenal Hugo Cándido, hizo publicidad para la liturgia romana; más que por la mozárabe. En 1068 el rey Sancho Ramírez, I de Aragón, con ocasión de una peregrinación a Roma se encomienda al papa y pone su reino bajo la tutela de san Pedro, por medio de un pago simbólico, una relación con Roma que se intensificará en los decenios sucesivos. El rey de Aragón, vasallo del papa, como pocos años antes los dos príncipes normandos. Para Sancho Ramirez, este paso no era un daño, al contrario, políticamente muy bien calculado: un reforzamiento de su autoridad delante de sus opositores: era un vasallo con el apoyo del papa. El paso de la iglesia aragonesa del rito mozárabe al rito romano, comienza efectivamente en el 1071. Esto con respecto a la relación con España. Naturalmente no es la última intervención del papado reformado allá. Es un primer contacto con Alejandro II.

   Inglaterra: era particularmente importante la toma de posición de Alejandro II en la controversia en torno a la sucesión al trono inglés. En el 1066 se presentaron en Roma enviados del duque Guillermo de Normandía y le expusieron el problema de la sucesión al trono de Inglaterra. Después de la muerte del rey Eduardo (el confesor), que no tenía hijos. Había tres pretendientes al trono: el rey de Norvegia (Noruega); el conde Aroldo de Wessex y el duque Guillermo de Normandia.

   El conde de Wessex fue elegido rey y logró incluso derrotar al primer pretendiente (rey de Noruega que murió en una batalla). El duque Guillermo había por su lado buscado la mediación pontificia y prometio por medio de sus enviados, una reforma de la Iglesia anglosajona, según la concepción romana, si el papa lo apoyaba contra Aroldo. El papa Alejandro II se declaró en favor de Guillermo y le mandó un vesillo de san Pedro; este famoso símbolo que era un reconocimiento oficial de la política de un rey; una relación con el papa.

   Así la guerra de los normandos contra los sajones se convirtió en guerra justa: reconocida oficialmente por parte del papa. En aquella famosa batalla de Hastings (1066); el ejercito anglosajón fue vencido, por el más moderno de los normandos; y el rey Aroldo encontró la muerte. Con los dominadores normandos, también la iglesia anglosajona cambió profundamente: el Arz. .de Canterbury, Estigand, debía renunciar (1070), sustituido por el abad Lanfranco de Beck, un lombardo, un famoso erudito. La iglesia inglesa bajo la dominación normanda se abrió a las nuevas corrientes reformistas del continente; lo que no puso en discusión el dominio del rey sobre la iglesia. Casi todas las diócesis recibieron nuevos obispos normandos u obispos de Lorena, menos la diócesis de Münster, donde el obispo Bulstand siguió dirigiendo dicha diócesis. La iglesia inglesa más romana. Legados romanos llegaron a Inglaterra con la esperanza que el nuevo rey considerara al papa como a su señor feudal; pero esto no se logró. Este Guillermo era muy malicioso para dar un semejante paso.

   El influjo de Alejandro II se mostró también en Francia; era el país predilecto de los legados papales, donde desde 1063 hubo numerosos sínodos, promulgaron decretos de reforma y decidieron sobre procesos en el interior de las diócesis.

   Un hecho en Italia que ya he mencionado: en Milán, Alejandro II reforzó la relación con la pataría sin compartir todas las opiniones y acciones suyas. En 1063 mandó al jefe patarínico Erlembaldo el famoso vesillo de san Pedro y canonizó en 1068 al patarino Arialdo como mártir. En el cisma milanés después de la dimisión del Arz. Guido, Alejandro II, sostuvo al candidato de la pataria Atonne, contra el candidato de Enrique IV, Godofrido de Castiglione, que es excomulgado y con él los que lo habían consagrado. Bajo instigación de la emperatriz Inés (Agnese) muy devota del papa, un sínodo romano de la pascua de 1073, pronunció la excomunión contra los que habían sugerido a Enrique IV aquella elección en Milán. Era un último paso: sólo el rey no es tocado, ni mencionado; pero sus consejeros son excomulgados. Esto significó que Enrique IV se encontraba en una situación muy difícil, a causa de la prohibición canónica de mantener relación con gente excomulgada (pero eran sus consejeros). Veremos que allí precisamente Gregorio VII verá el punto débil en su lucha contra Enrique IV: relación de Enrique con sus consejeros excomulgados.

   Las relaciones de Alejandro II con el joven rey nunca fueron serenas. Había varios motivos: Enrique había manifestado su deseo de hacer anular el matrimonio con Berta de Saboya, contraído cuando el era todavía un niño.(Hoy sería fácil una anulación en tal caso). Pero encontró tantas oposiciones y debió plegarse a las decisiones del arzobispo de Maguncia y del legado pontificio Pierdamiano.

   Segundo: Alejandro veía con preocupación la política eclesiástica del rey, que consideraba simoníaca. El rey en la primera parte de su gobierno se valió más de la política de un candidato a un obispado, que a sus cualidades espirituales. Por el momento no se ponía en discusión el derecho del rey de hacer tales investiduras. Pero la última elección papal, los sucesos en Milán mostraban que el derecho del rey estaba en peligro. En caso de conflicto, la elección canónica, según la concepción de los gregorianos, se encontraba en un plano mucho más elevado. Ya durante el pontificado de Alejandro II se generaron entre el papado y el rey alemán tensiones que el sucesor, Gregorio VII, heredaría. Enrique IV y su ambiente no entendieron que la iglesia estaba cambiando. No se puede decir que la iglesia en Alemania fuera completamente corrupta o necesitada de reforma en línea de máxima. Algunos fenómenos, como el matrimonio de los sacerdotes,(en el bajo clero) era admitido como en otras iglesias nacionales, no como un abuso, sino como una tradición legítima. Sin embargo, también en Alemania se hizo sentir la nueva autoridad del papado reformado. La gente comenzó a entender que el clima estaba por cambiar (el clima espiritual, nuevo).

   He insistido (a propósito) que la fuerza del pontificado de Alejandro II era Ildebrando. Sin embargo hay que hacer notar que a partir del papa León IX, los papas y sus colaboradores se presentaban como una unidad inseparable. Esto es típico del papado reformado: reforzamiento de la curia. Institucionalización de la curia, especialmente del cardenalato. El papa no es una persona aislada, sino que está sostenida por un colegio de cardenales-obispos; y este colegio ha liberado al papado de los graves condicionamientos a que había sido sometido por parte de las facciones romanas. La nobleza romana; e incluso, de parte del emperador. Muchas veces cuando se habla de este conflicto entre emperador y papas: se piensa sólo en las personalidades de cada papa. Pero es necesario tener siempre en cuenta que los papas de aquel período colaboraron estrechamente con sus cardenales. Sustraídos a aquellas fuerzas que hasta entonces eran determinantes (nobleza romana y poder del emperador), los papas eran llamados a responder por si mismos: ser más independientes. Pero buscaron una base, no subjetiva, sino que querían regresar a una base objetiva, que encontraron en el derecho canónico. Es decir, una ordenación vinculante, porque querido por Dios y atestiguados en las tradiciones de la Iglesia antigua; y por eso el período del papado reformado es también el periodo del florecimiento del derecho canónico.

   El papado ganó en autoridad y estima, interviniendo para sostener aquellas normas del derecho antiguo, con sanciones, ordenes jurídicas, y sanciones enérgicas, puestas en práctica en fuerza del poder jurisdiccional. No sólo en Roma sino también fuera. Con la muerte del papa Alejandro II (21 abril 1073), los fundamentos de la tradición canónica y el reconocimiento del papa como heraldo y custodio del derecho canónico, era algo ya adquirido y reconocido por todos. Los papas como intérpretes del derecho canónico. E1 cuidado pastoral del papado se extendía ya hasta territorios que hasta ese momento no sucedía, como en la Italia del sur; España, Inglaterra.

   Hasta entonces el papado no tenía ningún influjo. El papado ejercitó este influjo, este cuidado pastoral, sobre todo por el envío de legados. El medio de ejercitar el poder jurisdiccional en aquella época son las legaciones. Los legados obraban directamente en nombre del papa. Era, por decirlo así, el brazo alargado del mismo papa. Sin embargo esta rápida evolución del papado y de las instituciones eclesiásticas por fuerza debía tener consecuencias, incluso en todo el sistema político de occidente. Se puso en discusión dentro de poco tiempo el equilibrio plurisecular entre regnun et sacerdotium. No era el imperio el que cambiaba; no era culpa del emperador; era el resultado de una rápida evolución del propio papado.

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(Samuel Miranda)